¿CUÁL SERÍA LO NUEVO EN LA NUEVA CONSTITUCIÓN?
Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Tribunal Constitucional; ninguna Universidad Pública, Privada; ningún Colegio de Abogados; ONG y otras. No han elaborado programas didácticos sobre el origen, finalidad, estructura y contenidos de la Constitución Política; con el propósito de difundirlo de mil maneras y en forma permanente, a fin, la ciudadanía la conozca y tome conciencia de su importancia en lo personal, para la sociedad y el país. Por lo tanto, no se está dando cabal cumplimiento al tercer párrafo del artículo 14 de la Constitución, textualmente, dice: “La formación ética y cívica y la enseñanza de la Constitución y de los derechos humanos son obligatorias en todo el proceso educativo civil o militar”.

Debemos tener en consideración el Drama Constitucional peruano que estamos obligados a resolver, consecuencia de la cuestionada Constitución Política del Perú de 1993; de la existencia del artículo 307 de la Constitución Política del Estado de 1979; de la vigente Ley N° 27600, Ley que suprime firma y establece Proceso de Reforma Constitucional; del valioso Informe Final de la Comisión de Bases para la Reforma Constitucional; del Anteproyecto de Ley para la Reforma Constitucional obrante en el Congreso de la República; de las Sentencias N° 014-2002 y N° 014- 2003 emitidas por el Tribunal Constitucional. Documentos, aún vigentes, pero no muy conocidos, los mismos, son ignorados, por los que proponen nueva Constitución, también por los que creen en la intangibilidad de la Constitución de 1993, incluso por los que plantean el reestablecimiento de la Constitución de 1979.

En cuanto a la Constitución de 1993, hablan de ella, como si fuese la misma cuando se aprobó por el fujimorista Congreso Constituyente Democrático (CCD) en 1993; desconociendo las modificaciones efectuadas, en todos los Gobiernos Nacionales, desde el mismo Alberto Fujimori a la actualidad; como las realizadas mediante sentencias del Órgano del Control Concentrado de la Constitucional. De otro lado, es indispensable señalar que, los programas de gobierno de los partidos políticos participantes en las Elecciones Generales de 2021, sugerían cambios a la Constitución de 1993. En conclusión, hay consenso para modificar esta Carta Magna, pero no para elaborar una nueva Ley de Leyes.

La Constitución Histórica y Tradición Constitucional de nuestro Perú, ha definido temas y los ha mantenido, en lo esencial, en sus doce cartas magnas, de ahí, hay quienes hablan de la Constitución Pétrea, se refiere a los aspectos a preservarse, pues lo contrario sería retroceder a etapas superadas e irreversibles. Hemos identificado siete temas esenciales del Constitucionalismo peruano:

CONOCE…

  • 1.- Estructura Constitucional: a partir de la Constitución de 1979, se inauguró iniciando con los derechos fundamentales de la persona, lo cual se mantiene en la Constitución de 1993; un cambio radical, en relación con las anteriores, que empezaron con la Organización del Estado. ¿Sería nuevo empezar por el Estado?
  • 2.- Régimen Político: Desde la primera Constitución de 1823 nos declaramos República (separación de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial) y acogimos la democracia (gobernantes elegidos por el pueblo). ¿Sería nuevo la monarquía (un rey todopoderoso) o el totalitarismo (partido político con todos los poderes concentrados?
  • 3.- Forma de Estado: Desde 1823 optamos por el Estado unitario; y desde la Constitución de 1979 somos Estado unitario descentralizado. ¿Sería nuevo el Estado Federal?
  • 4.- Sistema de Gobierno: Desde el inicio de la República, escogimos el Sistema Mixto, es decir, adquirimos características de los Sistemas Presidencial y Parlamentario. ¿Sería nuevo el sistema presidencial o parlamentario?
  • 5.- Sistema de Partidos Políticos: Nuestra vocación es de tendencia pluripartidista, así ha sido en toda la etapa republicana. ¿Sería nuevo el unipartidismo o bipartidismo?
  • 6.- Sistema Electoral: Para elegir al Presidente de la República, lo hacemos vía elecciones unipersonales; y en la elección de los congresistas, acudimos a las elecciones pluripersonales. ¿Sería nuevo el sistema de elección por colegios electorales?
  • 7.- Sistema Económico: Desde la Independencia se escogió la economía abierta y nos inclinamos por la economía social de mercado: existencia de propiedad privada, pública y otras; inversión privada nacional y extranjera; mercados nacional e internacional. ¿Sería nuevo la economía estatista, cerrada y autárquica?

Conozcamos y defendamos nuestro Constitucionalismo.

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