COMO REALIZAR LA INSCRIPCIÓN EN SUNARP DE CAMBIO DE COLOR, MOTOR, COMBUSTIBLE, Y RECTIFICACIÓN SOBRE TU VEHÍCULO
Por: Abog. Danny Hugo Cusirramos Morales.

En el Registro de Propiedad Vehicular uno de los actos más solicitados por los usuarios es el cambio de características de sus vehículos, muchas veces la falta de conocimiento o de información generan observaciones innecesarias a los títulos presentados y por ende retraso en otras inscripciones.

La solicitud de INSCRIPCIÓN DE CAMBIO DE COLOR, es el servicio con mayor demanda dentro del grupo de Cambio de Características, para su inscripción el titular registral del vehículo sólo deberá de presentar el formato para cambio de características, este formato se encuentra de forma gratuita en la página web de SUNARP (servicios en línea-formularios y herramientas), al llenar este documento sólo se indicarán las nuevas características del vehículo, posteriormente este formato se imprime y se firma, para luego poder ser presentado por ventanilla en las oficinas de SUNARP (junto con la solicitud de inscripción que se entrega de manera gratuita en las oficinas de SUNARP) y realizando el pago de arancel registral de S/ 41.00 (cuarenta y uno soles) por concepto de cambio de color.

Otro cambio solicitado recurrentemente es el CAMBIO DE MOTOR, el propietario realizará el mismo trámite indicado en el párrafo anterior, referente al formato para cambio de características; pero, si además se está cambiando combustible, cilindrada, N° cilindros, potencia de motor, se deberá presentar el Certificado de Conformidad de Modificación expedido por personas jurídicas autorizadas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el caso que no se modifique la cilindrada, potencia, N° cilindros y/o tipo de combustible; no será necesaria la presentación de Certificado de Conformidad de Modificación.

Además se adjuntará documento que acredite como propietario del nuevo motor a incorporarse; como pueden ser: Comprobantes de pago, contrato de transferencia de motor con firmas certificadas notarialmente de las partes contratantes, o si uno mismo importó su motor la Declaración Única de Aduanas o Declaración Aduanera de Mercancías del motor, o en su defecto, la declaración jurada del importador del motor con firma certificada por notario o fedatario de la Oficina Registral en el que señale los datos de la referida declaración aduanera que permita su verificación en el Portal Institucional de la SUNAT.

Existen algunos puntos a tomar en cuenta para este tipo de solicitud y así no caer en observaciones por parte del Registrador Público:

Primero: Que el vehículo no cuente con gravámenes activos; si los tiene, deberá adjuntarse la autorización del titular del gravamen en documento privado con firma certificada notarialmente o la autorización de la autoridad judicial o administrativa, según sea el caso o en su defecto levantarse este gravamen;

Segundo: Si el nuevo motor estuvo registrado en otro vehículo, previamente, deberá constar la baja temporal por extracción de motor en la Oficina Registral de procedencia del vehículo que contiene el motor materia de cambio e indicando la Placa Única Nacional de Rodaje del vehículo receptor en la partida de este vehículo.

El pago de arancel registral es por la suma de S/ 41.00 soles por concepto de cambio de motor.

La coyuntura social, política y económica ha aumentado la demanda de la solicitud de inscripción de CAMBIO DE CONVERSIÓN DE COMBUSTIBLE del vehículo a BI-COMBUSTIBLE GLP o BI-COMBUSTIBLE GNV; este cambio se realiza con la presentación del formato para cambio de características, cuya descarga y llenado se precisa en el primer párrafo, y el Certificado de Conformidad de Conversión expedida por persona jurídica autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

El pago de arancel registral es por la suma de S/ 41.00 soles por concepto de cambio de combustible.

Del mismo modo, existen inscripciones de características erradas de nuestros vehículos; pero estos errores no constan en los títulos archivados, es decir, en los documentos presentados al Registro en su momento para la inscripción de nuestro vehículo, en este supuesto se presentará formato para Cambio de Características, cuya descarga y llenado se precisa en el primer párrafo, y el Certificado de Conformidad de Modificación, expedido por persona jurídica autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, “en el que se consigne expresamente que el vehículo no ha sufrido modificación alguna”, tener en cuenta lo subrayado, ya que de no constar lo indicado, estaríamos frente a una solicitud de inscripción de Cambio de Características que repercutiría en la calificación del título presentado.

El pago de arancel registral es por la suma de S/ 41.00 soles por concepto de cada rectificación que se efectué.

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos comprometidos siempre con la ciudadanía, ha implementado mecanismos alternativos para que los cambios de características indicados anteriormente y otros, puedan ser presentados por terceras personas al Registro, existen dos supuestos en caso un tercero sea el presentante:

Primero: Si la representación del titular registral se encuentra contenida en una carta poder con firma certificada notarialmente, los datos de la intervención notarial deben señalarse en el módulo “Sistema Notario” de la SUNARP.

Segundo: Cuando la presentación de la solicitud de cambio de características la realice un tercero, el formato para cambio de características debe contar con la certificación notarial de firma del titular registral, cuyos datos de la intervención notarial deben constar en el módulo “Sistema Notario” de la SUNARP.

Lo anteriormente indicado se encuentra contrastado con el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No 039-2013-SUNARP/SN, de fecha 15 de febrero del 2013 y su modificatoria Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No 025-2021-

DATO

SUNARP/SN, de fecha 28 de abril del 2021, así como Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos No 379-2021-SUNARP/GG, de fecha 30 de diciembre del 2021 sobre actualización del monto de los derechos registrales de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para el año 2022.

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