CONCEJO MUNICIPAL: AGENDA LEGISLATIVA, PLAN DE FISCALIZACIÓN Y PROGRAMA DE COMUNICACIÓN VECINAL
Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes
El concejo municipal, desarrollará sus funciones, si las comisiones de regidores realizan un trabajo efectivo, y cuenta con: Agenda Legislativa, Plan de Fiscalización y Programa de Comunicación Vecinal, en atención del artículo 10, a fin de cumplir con las atribuciones del artículo 9 de la Ley N° 27972 LOM.
Agenda Legislativa Municipal. Es el conjunto de temas a tratarse en forma prioritaria y cronogramada, se elabora en base a los Planes de Gobierno Local presentados por las organizaciones políticas participantes de las elecciones ediles, empezando por el que ganó las elecciones e incluyendo, la de los que obtuvieron representación en el concejo municipal; contrastando con las materias de competencia municipal del artículo 73, las funciones específicas del artículo 74, sujetándose a las normas técnicas del artículo 78 y ciñéndose a las funciones exclusivas y compartidas de los artículos 79 Organización del espacio físico y uso del suelo; 80 Saneamiento, salubridad y salud; 81 Tránsito, vialidad y transporte público; 82 Educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación; 83 Abastecimiento y comercialización de productos y servicios; 84 Programas sociales, defensa y promoción de derechos; 85 Seguridad ciudadana; y 86 Promoción del desarrollo económico local. Dicha agenda debe contar con la aprobación del concejo municipal; debe ser flexible, dejándose en claro, no impediría tratar un tema no considerado en la referida agenda.
Corresponde, al alcalde y regidores, con el apoyo de técnicos y asesores, proponer los proyectos de Ordenanzas Municipales y Acuerdos de Concejo, los cuales son aprobados por el concejo municipal, previamente deben ser estudiados por las comisiones de regidores, quienes emitirán sus dictámenes. Los Decretos de Alcaldía y Resoluciones de Alcaldía, son aprobados por el alcalde. Las ordenanzas municipales, acuerdos de concejo, decretos y resoluciones de alcaldía, para su aprobación, deben contar con informe técnico, certificación presupuestal e informe legal.
Plan de Fiscalización. Programar la información del alcalde y gerente municipal sobre las obras públicas, indicando y mostrando, cuentan con: expediente de contratación, expediente técnico, disponibilidad presupuestal, residente de obra, administrador de obra, supervisor de obra, modalidad de inspección de obra, entre otros aspectos. Programar los informes de funcionarios y directivos municipales, a las comisiones de regidores y al pleno del concejo municipal, sobre sus labores y temas específicos, previamente solicitados. Programar visitas de las comisiones de regidores, como de los regidores en forma individual o acompañada con asesores, a las oficinas, servicios públicos locales, obras públicas, locales ediles, a recoger información, documentación, imágenes y otros. Todo ello conforme a la Ley N° 31433. El mencionado Plan de Fiscalización, debe ser flexible y contar con aprobación del concejo municipal.
Los regidores, pueden y deben conocer el INFObras, el sistema de información de obras públicas, donde se registra, lo concerniente a la ejecución de obras, es una herramienta que les va a servir en su función de fiscalización permanente y efectiva.
Comisiones de regidores. Activas, es decir, deben programar, reuniones de trabajo con una periodicidad semanal para estudiar los proyectos de ordenanzas municipales, acuerdos de concejo y otros; asimismo, programar, reuniones de comunicación con los vecinos, hacerlo en sede institucional, como en los lugares donde se encuentren los vecinos; en cumplimiento con “mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas”.
Medios de comunicación y TIC. Otro hecho importante, lamentablemente soslayado, son las denuncias, críticas, propuestas, comentarios e informaciones de los medios de comunicación, y las realizadas, directamente, por los vecinos, también por los medios de comunicación y redes sociales (a veces se recurre a tratos obscuros para evitar su difusión). Por lo que pedimos a los regidores, tomen nota de ello e incorpórenlo en la agenda legislativa, plan de fiscalización y programa de comunicación vecinal. Consideramos, vital abordar los asuntos ventilados por los vecinos, a fin, de aclarar, resolver y actuar. Así los vecinos confiarán en sus autoridades.
Fiscalización presupuestada. Con la Ley 31433 (PDCF), los regidores, cuentan con presupuesto municipal, para ejercer y fortalecer la función de fiscalización, a fin de tener logística, personal administrativo y asesores profesionales, propios, aparte del personal del alcalde, debiendo hacer el balance semestral.