Ávalos pide nuevo juicio contra Orellana por asociación ilícita para delinquir
— Redacción Diario El Pueblo —
La exfiscal de la Nación, Zoraida Ávalos, en diálogo con RPP Noticias, explicó los motivos por los cuales solicitó al Poder Judicial la prescripción de los delitos de falsificación de documentos, falsedad ideológica, fraude procesal y estafa en grado de tentativa contra Rodolfo Orellana, sentenciado en febrero del 2022.
Esto debido a una publicación en el diario El Comercio en el que se revelaba que, por esta acción de la fiscal suprema, Orellana Rengifo podría salir de la cárcel por no tener otra medida restrictiva vigente.
Sobre ello, Ávalos señaló que ha pedido un nuevo juicio por el delito de asociación ilícita para delinquir porque hubo errores en la tramitación del proceso.
«Este es un caso que inicia el 2007. Yo hago ver que hay tremenda irregularidad porque, en el tema de asociación ilícita para delinquir, están absolviendo a todos los demás coprocesados. Yo considero que no se les debe absolver porque están computando mal el plazo», resaltó.
«Lo computan desde el 2007 y yo digo que debería computarse desde el 2014 que es la fecha en que son detenidos. Por lo tanto, declaro que debe haber un nuevo juicio», sostuvo.
Asimismo, Ávalos indicó que no es cierto que Rodolfo Orellana saldrá de prisión por la solicitud de prescripción de los 4 delitos referidos.
«No es verdad que salga en base a este dictamen porque tiene muchos procesos más. Tampoco afectaría los otros procesos porque ya la Corte Suprema ha establecido que aun cuando el delito fuente haya prescrito, sí hay mérito para sentenciar por lavado de activos», explicó.
A su vez, señaló que sólo actuó «con arreglo a ley» dado que 8 de las 9 imputaciones que llegaron a su despacho respecto a Orellana ya estaban prescritas.
«Este es uno de los cientos de casos que tiene el condenado Orellana. Este caso, cuando llega a mi despacho, tiene 9 imputaciones. De esas, 8 ya se encontraban prescritas al llegar. Situación que yo hago ver en el dictamen. Hago ver irregularidades que se han dado en la tramitación», explicó.
En ese sentido, precisó que hubo una demora «de 5 años» desde la instrucción «hasta la etapa del dictamen acusatorio» contra el imputado y que, además, se vio con un enfoque penal equivocado.
«Aquí se ha visto con un enfoque de concurso ideal, es decir, cuando todos los delitos se subsumen en uno solo. En cambio, el concurso real, que es lo que se debió ver acá, es cuando a cada delito se van sumando las penas», sostuvo.
«En este caso yo hago ver que (…) asociación ilícita para delinquir nunca debió haber estado en la subsunción de un concurso ideal, porque ya la Corte Suprema, en un acuerdo plenario del 2006, establece que la asociación ilícita para delinquir es un delito independiente, por lo tanto, va aparte. Es por eso que yo salvo este delito», agregó
En palabras de la Fiscal Suprema, el mismo imputado y los coprocesados habían solicitado la prescripción de los referidos delitos y que ello estaba dentro de lo que estipula la ley.