PJ ordena entregar bono de canastas a empleados de la Gerencia de Trabajo
Por Erika Romero D.
LLEGAN A ACUERDO Y SUSPENDEN HUELGA
*Además que los beneficios acordados en el convenio colectivo 2019-2020 se extienda para el año 2021.
La gerenta regional de Trabajo, Catherine Rodríguez se ha quedado sin argumentos para no entregar el bono de apoyo alimentario en favor de los trabajadores de esa entidad. El Décimo Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA) entre otras cosas ha concluido que se les debe otorgar lo acordado en el pacto colectivo del 2018 y hacerlo extensivo hasta el 2021. El fallo judicial al que hacemos mención fue emitido el 19 de este mes.
La noche del 20 se sentaron a dialogar, Rodríguez y los representantes del sindicato de trabajadores de la Gerencia Regional de Trabajo y acordaron que los servidores estatales levantaban la huelga que inició el 2 de este mes. Es decir, vuelven a sus puestos de trabajo desde hoy y además acuerdan priorizar el pago de la canasta de alimentos y convenirán para compensar las horas dejadas de laborar.
Fueron dos informes del ente de control de los años 2020 y 2021 los que advirtieron que la dación de esa canasta alimentaria ocasionaba un perjuicio económico a esa dependencia regional que debía desembolsar S/ 871 mil 620.72 para honrar el pacto colectivo firmado. Rodríguez Torres se amparó tambien en esos dos reportes de Contraloría.
CLAVES PROCESALES
El 7 de mayo de 2018 entre el sindicato de Trabajo y el gerente regional de aquel entonces se trataban los términos de la Negociación Colectiva en uno de los puntos de ese documento se acordó dar una canasta de alimentos a cada trabajador sindicalizado por el monto de S/. 1 700.00 durante el año 2019, mientras que para el 2020 el valor de la canasta alcanzaría los S/ 1 800.00. Es así que, por escrito, en el 2021, los agremiados piden se cumpla el convenio y que al no renovarse otro acuerdo para el 2021 lo que correspondía es que el firmado en el 2019-2020 se extienda para el 2021.
Ahí comenzaron los problemas porque fue precisamente en ese tiempo en que se hicieron públicos los informes de Contraloría. La gestión de ese entonces desconoció el pacto y emitió la Resolución de Gerencia Regional N.º 089-2021-GRA/GRTPE, del 2 de junio del 2021 y el Oficio N.º 0194-2021-GRA/GRTPE-OA, fechado el 31 de marzo del 2021.
Con una demanda judicial el Sindicato de Trabajadores de la Gerencia Regional de Trabajo pidieron a un juez de la CSJA que declare la nulidad de ambos documentos administrativos.
En el proceso el juez del Décimo Juzgado de Trabajo analizó el informe de la Contraloría que cuestionaba el actuar de los funcionarios estatales que firmaron ese convenio y lo que pedía en buena cuenta era que se los sancione porque su mala decisión ocasionó un perjuicio económico a la institución de 871 mil 620 soles, pero en ningún momento propuso que se suspenda la ejecución del convenio arbitral.
Es más, se precisó que la Gerencia de Trabajo para suspender o invalidar el acuerdo tenía dos caminos. El primero era hacerlo de oficio siempre que se percate de un error cometido o pedir que sea el Poder Judicial que lo cancele en todos o algunos de los extremos, medida que nunca se realizó.
Finalmente, el magistrado a cargo del proceso recalcó que los acuerdos de esa clase son vinculantes y su cumplimiento es obligatorio y dispuso que los documentos administrativos del 2 de junio del 2021 y del 31 de marzo del 2021 queden sin efecto. Se disponga la entrega de las canastas y se extienda el convenio colectivo hasta el 2021.