Gobierno de Boluarte publica decreto que resta autoridad a Fiscalía de la Nación

Bajo la excusa de “consolidar la actuación de la Policía y Fiscalía de la Nación”, el Gobierno de la presidenta Dina Boluarte aprobó el último 21 de diciembre el Decreto Legislativo (D. Leg.) N° 1605, con el que modifica directamente el Nuevo Código Procesal Penal. El proyecto, que ha pasado inadvertido debido a las fiestas de fin de año de Navidad y Año Nuevo, supone, según especialistas, una grave afectación a las funciones exclusivas del Ministerio Público.

El Congreso de la República otorgó facultades legislativas al Ejecutivo para que este pueda tomar medidas efectivas que permitan aminorar la crisis de seguridad ciudadana que se vive en el Perú. Sin embargo, y como ya se ha reportado ampliamente con anterioridad, muchos de ellos rozan la línea de la inconstitucionalidad e incluso criminalizan derechos básicos.

En este caso, el D.Leg. N°1605 permite, bajo la consigna de “optimizar el marco legal que regula la investigación”, que la Policía Nacional “en función de investigación, pueda realizar actos de investigación por propia iniciativa bajo la conducción jurídica del Fiscal”. Según el decreto, esta orden se daría “en respeto del ámbito funcional de cada uno de ellos”; sin embargo, en acciones directas, esta disposición trae consigo una serie de afectaciones al derecho del debido proceso.

Si bien la norma plantea una colaboración más coordinada, existen detalles como el del artículo N° 67 del D. Leg., en el que se precisa que “la Policía Nacional, inclusive por propia iniciativa, debe “tomar conocimiento de los delitos y comunicar inmediatamente al Fiscal; debiendo realizar las diligencias de investigación urgentes o inaplazables que formarán parte de las diligencias preliminares”.

Esto quiere decir que la PNP podría, por sus propios medios, iniciar investigaciones contra cualquier ciudadano mediante la ejecución de labores preliminares sin necesidad de una solicitud fiscal o de una resolución judicial; tan solo con “notificar a un fiscal”.

Las nuevas funciones de las fuerzas policiales comprende intervenir y detener a los presuntos autores; asegurar documentos privados e instrumentos de telecomunicaciones; así como prescindir de un Fiscal de manera presencial durante una intervención. Así, la PNP tendrá la posibilidad de requerir los celulares de los detenidos, sin necesidad de una orden judicial. Esto constituye una vulneración al derecho de secreto de las comunicaciones de la ciudadanía.

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