Confirman rechazo de pedido de salida del país de PPK
El Poder Judicial rechazó, en segunda instancia, el pedido que hizo el expresidente Pedro Pablo Kuczynski (PPK) para que se autorizará su salida del país por una semana, a fin de ser sometido a exámenes y evaluaciones médicas en una clínica de la ciudad de Rochester, en Minnesota, Estados Unidos.
La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional adoptó esta medida al declarar infundado el recurso de apelación que presentó el exmandatario, a través de su defensa legal, para que se revocara la resolución que emitió el juez Jorge Chávez Tamariz el último 5 de diciembre, en la que declaró infundada su solicitud de autorización de viaje, en primera instancia.
Pedro Pablo Kuczynski había pedido ausentarse del país del 11 al 18 de diciembre por razones de salud a fin de someterse a exámenes y evaluaciones médicas en la Clínica Mayo, debido a una falla en la prótesis valvular aórtica que le fue colocada hace más de 20 años en este lugar dado que ha sufrido durante toda su vida de problemas al corazón y es un paciente de alto riesgo al presentar un diagnóstico de insuficiencia cardíaca aguda.
No obstante, la sala superior determinó que la resolución del juez Chávez Tamariz ha sido motivada en forma razonable al precisar que no hay un documento médico que establezca con claridad que la evaluación patológica valvular que requiere el investigado solo se puede realizar en la Clínica Mayo, por lo que tal evaluación puede hacerse en un hospital o clínica dentro del Perú, con lo cual el derecho a la salud del procesado se encuentra garantizado.
El colegiado superior remarcó que no autorizar está solicitud de viaje al exterior es una medida idónea, necesaria y proporcional, ya que es factible que el investigado llegué a Estados Unidos, donde vive su esposa Nancy Lange, y no quiera volver con lo cual frustraría el proceso penal que se sigue en su contra por el caso Westfield Capital, vinculado a Odebrecht. Caso en el que se encuentra bajo mandato de comparecencia con restricciones sujeta reglas de conducta, entre ellas, la obligación de no ausentarse de la localidad donde reside en Lima sin previa autorización judicial.