Por mandato judicial electo decano John Mesías debe juramentar al cargo

La medida cautelar emitida por el Segundo Juzgado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia ordena que el saliente decano del Colegio de Abogados de Arequipa (CAA), Alfredo Álvarez Díaz deje de lado acciones que afecten el derecho de John Mesías Romero a ser considerado como miembro habilitado del CAA y por consiguiente pueda juramentar al cargo de Decano de esa orden profesional.

En la resolución fechada el día de ayer también se da un plazo de 24 horas para que sea el mismo Álvarez Díaz, quien informe al juzgado sobre el cumplimiento de la medida cautelar dictada.

La disposición judicial tiene como propósito proteger el derecho vulnerado de Mesías Romero, quien en su demanda señala que se le notificó la Resolución 109-2023-CAA con la que se le sanciona por haber infringido determinados artículos del Código de Ética del CAA y lo que hizo fue presentar una apelación que aún no se ha resuelto por lo que al no haberse concluido el proceso no se le puede considerar como miembro inhabilitado y restringirle el derecho a asumir el cargo de Decano.

A pesar de todo ello Álvarez, en oficios dirigidos a diversas instituciones, ha divulgado que Mesías está inhabilitado. Eso no es del todo cierto.

En el documento también se precisa que sobre la citada resolución del CAA hay observaciones, una de ellas es que solo lleva la firma de Álvarez Díaz cuando el tribunal que sanciona a los miembros de la orden está conformado por un colegiado.

El magistrado Jorge Luis Linares Cuadros explica en su sentencia que dispone la medida cautelar a favor de John Mesías Romero no solo para cautelar un derecho fundamental sino para preservar la institucionalidad de dicho colegio profesional al que se le ha encomendado, a través de sus colegiados, la noble función de preservar la Constitución y las leyes en el marco del Estado Constitucional de Derecho diseñado por la Constitución Política del Perú.

“De modo que, por medio de la presente, y dado que el demandante ya ha sido elegido en un proceso electoral como parte de la Junta Directiva para el periodo 2024-2025, lo que se busca es que no quede acéfala la citada”, se lee en la decisión judicial, en la que también se hace mención al respeto a la institucionalidad de la democracia representativa.

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