Entidades públicas podrán reprogramar sus deudas AFP hasta el 15 de abril

Las entidades públicas podrán solicitar hasta el 15 de abril de este año acogerse a la reprogramación de su deuda a las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP), según el texto sustitutorio del dictamen que modifica la Ley 31888, aprobado ayer jueves por mayoría en la Comisión Permanente del Congreso.

El dictamen modifica el artículo 5 de la Ley 31888, norma que establece el Régimen de Reprogramación de Pago de Aportes Provisionales a los Fondos de Pensiones del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones Adeudados por Entidades Públicas (Repro AFP III).

Durante la sustentación de la propuesta, el presidente de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, César Revilla (Fuerza Popular), sostuvo que la correcta aplicación del Repro AFP III beneficiará a alrededor de 374 000 trabajadores, a quienes se les adeuda unos S/ 1295 millones.

Señaló, además, que la norma contribuye a mejorar la sostenibilidad de las entidades públicas que se encuentran endeudadas por este concepto.

La propuesta se sustenta en el proyecto de Ley 6834. De conformidad con el artículo 78 del Reglamento del Congreso de la República, el dictamen aprobado será materia de votación y debate después de transcurridos siete días calendario.

Al término del debate, la iniciativa de ley fue aprobada por la Comisión Permanente con 17 votos a favor, 6 en contra y 2 abstenciones.

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