Menos del 50% de empresas con denuncias laborales son sancionadas por Sunafil 

Arequipa es la segunda región del Perú con más denuncias laborales recibidas según información de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). No obstante, menos del 50% habrían dado inicio a procedimientos administrativos formales. Es que el procedimiento es largo, tedioso que termina por desanimar a los agraviados. 

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Durante el pasado 2023, la Sunafil Arequipa recibió 4 mil 503 denuncias por incumplimiento de normas laborales. Tras ello se inició 3 mil 787 procesos u órdenes de seguimiento a dichos casos y se habría determinado sanciones a menos del 50% de las entidades denunciadas por vulnerar derechos de sus trabajadores. Esto se debe a que la Sunafil debe respetar un procedimiento establecido y brindar a las empresas empleadoras la oportunidad de defenderse.

«Hay sanciones, pero no en gran número, porque tras el registro de una denuncia hay tres días hábiles para que se pueda ejecutar la orden. Después de ello, el inspector tiene 30 días para el desarrollo del caso y, según la complejidad, se puede solicitar 30 días más. Después la documentación retorna a la Sunafil para proceder con el pliego de cargos y aperturar un proceso administrativo», sostuvo el intendente regional de Sunafil Arequipa, Rubén Rojas Valdeiglesias.

Tras la recepción de una denuncia por algún incumplimiento laboral, desde Sunafil deben determinar a qué tipo de materia pertenece: incumplimiento laboral, despido arbitrario, seguridad y salud en el trabajo, etc. Tras ello, hay un plazo de 10 días para asignar a un inspector que se encargue de la investigación respectiva. Solo después de dicha acción pueden iniciarse sanciones administrativas contra los empleadores que hayan incurrido en alguna falta. No obstante, también debe notificarse al empleador antes de iniciar una posible sanción. 

El intendente de Sunafil resaltó que es posible efectuar acciones de control para las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N°728). Es decir, solo a aquellas que actúen amparadas bajo la formalidad. No obstante, dado que la informalidad en Arequipa bordea el 68% (de acuerdo al último informe del Sunafil), la mayoría de la población arequipeña labora al margen de cualquier regulación que pueda brindar la entidad. 

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