Junta Nacional de Justicia declara la vacancia de Rafael Ruíz Hidalgo

Junta Nacional de Justicia declara la vacancia de Ruiz Hidalgo.

El pleno de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) declaró la vacancia de Rafael Ruiz Hidalgo como miembro titular tras determinar que faltó a la verdad al omitir en su postulación que había sido condenado por el delito de prevaricato en el 2010.

Según el artículo 11 de la Ley Orgánica de esta entidad, los condenados por delito doloso no pueden ser elegidos miembros, incluso si han cumplido su sentencia y se consideran rehabilitados.

Sin embargo, de acuerdo con un reportaje, Ruiz Hidalgo -quien postuló en el 2024 al concurso para la elección de los nuevos integrantes de la JNJ- presentó un certificado de antecedentes penales en el que no figuraba la sentencia en su contra, así como un certificado laboral que tampoco incluía dicha información.

La investigación disciplinaria, finalmente, corroboró que el magistrado, cuando ocupaba el cargo de juez suplente, fue condenado el 7 de diciembre del 2010 a tres años de pena suspendida, un año de inhabilitación en el cargo, y el pago de 1 000 soles como reparación civil por dictar un fallo contraria a la ley. A pesar de que apeló, la Corte Suprema rechazó sus recursos en el 2013. 

“En ese sentido, el señor Rafael Manuel Ruiz Hidalgo se encontraba impedido de postular al cargo y, por ende, de ser nombrado miembro titular o suplente de la institución; razón por la cual, conocida actualmente esta circunstancia, resulta necesaria su separación por vacancia del cargo por tener una sentencia condenatoria firme por delito doloso, lo cual es un impedimento legal para ejercer las funciones inherentes al cargo de miembro titular de la JNJ”, se lee en la resolución.

EL CASO

De acuerdo con la sentencia emitida por la Sexta Sala Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima, Rafael Ruiz, en su calidad de juez suplente del Décimo Tercer Juzgado Laboral de Lima, ordenó en el 2004 el embargo de las cuentas de unas empresas vinculadas al Grupo Gloria, atendiendo una demanda laboral de un supuesto extrabajador.

No obstante, durante el proceso penal, se comprobó que dichas compañías no guardaban relación alguna con el caso que en cuestión.

Una vez notificada la decisión de la JNJ, el magistrado tendrá un plazo de cinco días para interponer un recurso de reconsideración.

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