Yo decido donar mis órganos y nadie se puede oponer
Consignar SÍ en el DNI es un derecho y todos lo debemos respetar.
Por: Daniela Fernández C.
Tomar la decisión de donar órganos es uno de los actos más generosos que una persona puede realizar. Más allá de la muerte, esa elección significa dar vida a otros y convertirse en esperanza para familias enteras. En el Perú, esta voluntad queda registrada en el DNI y, según la ley, debe respetarse por encima de cualquier opinión externa, incluso la de los propios familiares.
La donación de órganos en el Perú está respaldada por la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, que reconoce el derecho de cada ciudadano a decidir en vida si desea ser donante o no.
El decano del Colegio de Abogados, John Mesías, explicó que esta disposición busca garantizar que la decisión sobre el cuerpo sea estrictamente personal. “No hablamos de bienes materiales que pueden ser administrados por albaceas o herederos. En el caso de los órganos, la única persona que puede decidir es el titular y su voluntad expresada en el DNI debe cumplirse”, mencionó.
Mesías Romero aclaró que los familiares no tienen la última palabra en este tema, ya que el respaldo legal se centra en lo que el ciudadano dejó establecido. “En cuanto a la donación de órganos, lo que prevalece no es la opinión de los familiares, sino lo que está legalmente registrado en el DNI y en la RENIEC. En caso no hubiera familiares presentes, la institución puede intervenir para garantizar que se respete la decisión de donar o de no donar”, precisó.
En la práctica, cuando ocurre un fallecimiento, las instituciones como la RENIEC y los centros de salud verifican lo que está indicado en el DNI. Si la persona declaró ser donante, esa voluntad debe ejecutarse. Si optó por no donar, la decisión también debe respetarse. De esta manera, se protege la autonomía de cada ciudadano y se evitan conflictos con los familiares en momentos difíciles.
La legislación peruana, a través de la Ley 28189 y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 014-2005-SA, establece que la voluntad expresada en vida por el ciudadano es obligatoria. Esto asegura que el acto de donar sea voluntario, consciente y libre de presiones externas.
Si bien la cultura de la donación de órganos aún enfrenta desafíos, especialmente entre los más jóvenes, donde persisten temores y desconocimiento, cada acto de donación se traduce en esperanza. “La donación permite salvar entre siete y nueve vidas, además de que todo el proceso está regido bajo la ley con total transparencia. Es fundamental que la población pierda el miedo y entienda que este acto puede darle sentido a la partida de un familiar, convirtiéndola en vida para otros”, expresó la procuradora Fabiola Gómez.

La importancia de este marco legal y la decisión de donar órganos radica en que la donación de órganos puede salvar múltiples vidas, pero siempre debe hacerse bajo el principio del consentimiento informado. El mensaje es claro, tu decisión cuenta, y la mejor manera de ejercer ese derecho es registrarlo de forma consciente y responsable en tu DNI.
DONANTES EFECTIVOS
Es difícil de admitir, pero el porcentaje de donación de órganos en Perú es una de las más bajas en todo el planeta. Se conoce que más de 3 millones de peruanos (hasta 2024) han manifestado, en su DNI, su deseo de donar. Sin embargo, la tasa de donantes efectivos es muy baja. Aproximadamente solo 550 trasplantes se logran concretar cada año. Es necesario indicar que estos procedimientos muchas veces se ven obstaculizados por los propios familiares.
