Establecen veda reproductiva del recurso pejerrey por 30 días

Queda prohibida durante dicho período la extracción del pejerrey.

REGIONES

El Ministerio de la Producción (Produce), determinó la veda reproductiva del recurso pejerrey (Odontesthes regia) a nivel nacional por el periodo de treinta días calendario a partir del 15 de setiembre de 2025.

Así lo estableció ayer a través de la Resolución Ministerial Nº 00307-2025-PRODUCE, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano

La norma establece “la veda reproductiva del recurso pejerrey (Odontesthes regia) a nivel nacional, por un periodo de treinta (30) días calendario contados a partir de las 00:00 horas del 15 de setiembre de 2025, quedando prohibida durante dicho período la extracción, desembarque, transporte, procesamiento, comercialización y almacenamiento de dicho recurso”.

Asimismo, indica que el periodo de veda establecido en el precitado numeral puede modificarse si el Instituto del Mar del Perú (Imarpe) evidencia cambios en la evolución del proceso reproductivo del referido recurso hidrobiológico, para lo cual remite al Ministerio de la Producción las recomendaciones correspondientes.

El desembarque, transporte, procesamiento, comercialización o almacenamiento del recurso pejerrey (Odontesthes regia) puede realizarse siempre y cuando se cuente con documentación indubitable y de fecha cierta que demuestre que el mencionado recurso ha sido extraído antes del periodo de veda reproductiva establecido en la presente norma.

Monitoreo

El Imarpe efectúa el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores biológicos, poblacionales y pesqueros del recurso pejerrey (Odontesthes regia), e informa y recomienda de manera oportuna al Ministerio de la Producción, las medidas que considere pertinentes para la conservación y aprovechamiento sostenible de dicho recurso hidrobiológico.

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial es sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017- PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables.

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