CONTAMINACIÓN DEL RÍO TAMBO: ¿SIN SOLUCIÓN?
Por: Edgard Norberto “Beto” Lajo Paredes

En nuestro país tenemos abundancia de diagnósticos de situaciones diversas, planes de desarrollo y propuestas de solución; los mismos son elaborados por el Estado: el Poder Legislativo aprueba leyes que declaran de interés nacional la construcción de una carretera, la creación de una universidad, la remediación de un río contaminado, la edificación de un colegio, la constitución de un patronato, etc.

El Poder Ejecutivo, aprueba la política general de gobierno, planes de desarrollo, políticas públicas nacionales y sectoriales; y emiten decretos supremos declarando el estado de emergencia por incremento de la delincuencia, por precipitaciones pluviales, por inminente contaminación hídrica, por conflictos sociales, por desastres naturales, conformación de grupos de trabajo, etc.

Las universidades aprueban tesis elaboradas por los estudiantes para graduarse o titularse; las ONGD, plantean alternativas para resolver múltiples problemas; los partidos políticos inscriben a sus candidatos a elecciones generales, regionales y municipales, con sus respectivos planes de gobierno; los colegios profesionales alcanzan buenas ideas para el desarrollo de ciudades, etc.

Veamos el caso del valle y río Tambo, ante la problemática de escasez hídrica en época de estiaje, se dieron las siguientes acciones: se constituyó la Comisión Tripartita con Resolución Ejecutiva Regional N° 1016-2010-GRA/PR, y Resolución Ejecutiva Regional N° 631-2012-GRA/PE; luego, con Acuerdo Regional N° 081-2011-GRA/CR- Arequipa, se declaró de “necesidad y de interés público regional la elaboración del Proyecto Especial del Valle de Tambo y Provincia de Islay”, cuyo Estudio Preliminar del Proyecto Especial Tambo fue elaborado por COPASA; finalmente, con Ordenanza Regional N° 243-Arequipa (El Peruano: 23/09/2013), se crea el Proyecto Especial Tambo – Provincia de Islay “tiene por finalidad promover el desarrollo económico y social ejecutando proyectos productivos que propicien un crecimiento sostenido del Valle, ofreciendo igualdad de oportunidades y mejora de la calidad de vida de sus pobladores, bajo los enfoques de cuenca, competitividad, desarrollo humano e integralidad”, el contenido de éste párrafo lo escribí en el artículo: Valle de Tambo: ni proyecto especial ni represa (El Pueblo: 25/07/25).

Debido a la contaminación hídrica de los ríos Coralaque y Tambo, diez veces, desde el año 2019, con decretos supremos declararon el estado de emergencia de los mencionados ríos; acto seguido se aprobó, promulgó y publicó la Ley N° 31861, ley que declara de interés nacional la mitigación de la contaminación y la remediación ambiental del río Tambo en la provincia de Islay, departamento de Arequipa. (El Peruano: 03/08/2023); también lo escribí en la nota: Río Tambo: ni mitigación de la contaminación ni remediación ambiental (El Pueblo: 12/09/25).

Este año la Defensoría del Pueblo (enero 2025), elaboró el Informe Defensorial N.° 235 Evaluación y Recomendaciones frente a la Contaminación en los Ríos Coralaque y Tambo: Un enfoque integral y territorial para la protección del derecho a un ambiente sano y de prevención frente a la conflictividad social, donde hay conclusiones y recomendaciones.

Sin embargo, no está resuelto la escasez de agua en el estiaje, tampoco se está descontaminando el río; además, el Gobierno Regional de Arequipa, en la adquisición de ocho plantas de ósmosis inversa, con la finalidad de potabilizar el agua, ha fracasado. En razón a esta realidad, conocemos de familias y restaurantes del Valle de Tambo están utilizando agua embotellada para cocinar los alimentos, como el uso de aparatos, supuestamente, para purificar el agua, no es la solución, al menos sirve de placebo.

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