Prevención de riesgos laborales en el

turismo: responsabilidad compartida

para proteger a los trabajadores

La prevención de riesgos laborales representa uno de los pilares fundamentales para garantizar un turismo seguro, sostenible y competitivo.
Todo empleador del sector turismo debe implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Intendente regional de Arequipa, Kenyo Antonio Bustamante Arapa.

El turismo constituye una de las actividades económicas con mayor impacto en el desarrollo del país. La reciente Ley General de Turismo, Ley N.° 32392, ha declarado de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria del Estado, reconociéndolo como una actividad esencial para la generación de empleo, el crecimiento económico y el desarrollo sostenible.

————

Esta actividad beneficia a más de un millón de familias peruanas mediante la generación de empleo directo e indirecto, dinamizando sectores como el transporte, la hotelería, la gastronomía, las agencias de viajes, el guiado turístico, la artesanía y diversas actividades complementarias.

Durante la temporada alta, comprendida principalmente entre los meses de junio y agosto, se incrementa considerablemente la demanda de servicios turísticos, lo que conlleva un aumento en la contratación de trabajadores y en la intensidad de las labores desarrolladas. Este escenario exige que los empleadores implementen medidas eficaces para prevenir accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, garantizando condiciones laborales seguras para quienes participan en esta importante actividad económica.

LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COMO EJE FUNDAMENTAL DEL SECTOR TURISMO

La seguridad y salud en el trabajo constituye un derecho fundamental reconocido por la Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuyo objetivo es promover una cultura de prevención de riesgos laborales en todos los centros de trabajo.

En el sector turismo, la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) no constituye únicamente una obligación legal, sino una herramienta de gestión indispensable para proteger la integridad física y mental de los trabajadores, reducir la ocurrencia de accidentes y mejorar la productividad de las organizaciones.

Todo empleador del sector turismo, independientemente del tamaño de la empresa, debe implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo considerando la naturaleza de sus actividades, el nivel de exposición a peligros y riesgos, así como la cantidad de trabajadores involucrados. Este sistema comprende la planificación, organización, ejecución, evaluación y mejora continua de las acciones preventivas que permitan controlar los riesgos presentes en cada centro de trabajo.

Asimismo, el empleador debe garantizar la entrega del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, realizar al menos cuatro capacitaciones anuales, proporcionar información sobre los riesgos específicos del puesto y promover la participación activa de los trabajadores en la gestión preventiva.

PRINCIPALES RIESGOS LABORALES PRESENTES EN LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS

Las actividades vinculadas al turismo presentan una amplia variedad de riesgos laborales debido a la diversidad de funciones que desarrollan los trabajadores.

Entre los riesgos más frecuentes destacan los riesgos ergonómicos derivados de la manipulación manual de equipajes, posturas forzadas y movimientos repetitivos; riesgos físicos asociados a caídas, ruido, temperaturas extremas y exposición prolongada a la radiación solar; riesgos biológicos por contacto con agentes infecciosos o animales; así como riesgos psicosociales vinculados con jornadas extensas, trabajo nocturno, elevada carga laboral y situaciones de hostigamiento.

La adecuada identificación de estos peligros constituye el punto de partida para implementar medidas de control eficaces que reduzcan la probabilidad de incidentes y enfermedades ocupacionales.

LA IMPORTANCIA DE LA IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS (IPERC)

Uno de los principales instrumentos preventivos establecidos por la Ley N.° 29783 es la Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Determinación de Controles (IPERC).

Esta evaluación debe realizarse para cada puesto de trabajo considerando las actividades rutinarias y no rutinarias, las condiciones existentes, los cambios en la organización del trabajo, las características particulares de los trabajadores y los resultados obtenidos de investigaciones de accidentes e incidentes laborales. La IPERC debe actualizarse, como máximo, cada año o cuando se produzcan modificaciones en las condiciones de trabajo o eventos que evidencien nuevos riesgos.

La correcta elaboración de la IPERC permite priorizar medidas preventivas, asignar recursos y establecer controles que reduzcan significativamente la exposición de los trabajadores a riesgos laborales.

PREVENCIÓN COMO INVERSIÓN Y NO COMO GASTO

La prevención no debe ser entendida únicamente como una obligación normativa.

Las empresas que promueven ambientes de trabajo seguros reducen significativamente el ausentismo laboral, disminuyen los costos derivados de accidentes, fortalecen el compromiso de sus trabajadores y mejoran la calidad del servicio brindado a los visitantes.

Entre las principales medidas preventivas destacan la capacitación permanente, la implementación de pausas activas, la realización de inspecciones periódicas, la evaluación ergonómica de los puestos de trabajo, la implementación de procedimientos de emergencia y la promoción de una cultura organizacional basada en la comunicación y el reporte oportuno de peligros.

En actividades especializadas como el turismo de aventura, estas medidas adquieren especial relevancia debido a la mayor exposición a riesgos geográficos, climáticos y operacionales, siendo necesario implementar protocolos específicos, programas de mantenimiento de equipos y planes de respuesta ante emergencias.

EL ROL DE LA SUNAFIL EN LA PROMOCIÓN DE UNA CULTURA PREVENTIVA

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) desempeña un rol fundamental en la promoción del cumplimiento de la normativa sociolaboral y de seguridad y salud en el trabajo.

Su labor no se limita únicamente a la fiscalización y sanción de incumplimientos, sino que comprende una importante labor preventiva mediante orientaciones, asistencias técnicas, campañas de difusión y acciones de sensibilización dirigidas a empleadores y trabajadores.

Entre enero de 2024 y junio de 2026, la SUNAFIL desarrolló 350 acciones preventivas en materia de seguridad y salud en el trabajo dirigidas al sector turismo, beneficiando a 3 719 empleadores y 8 290 trabajadores. Asimismo, durante ese mismo periodo concluyó 417 órdenes de inspección, emitió 97 actas de infracción por incumplimientos detectados y sancionó a 44 empresas del sector mediante resoluciones administrativas, reafirmando su compromiso con la protección de la vida y la salud de los trabajadores.

Estas cifras evidencian que la prevención y la fiscalización constituyen herramientas complementarias para fortalecer una cultura de cumplimiento normativo y reducir la ocurrencia de accidentes laborales.

CONCLUSIONES

La prevención de riesgos laborales representa uno de los pilares fundamentales para garantizar un turismo seguro, sostenible y competitivo.

La implementación efectiva del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, la adecuada identificación de riesgos, la capacitación permanente y el compromiso de empleadores y trabajadores permiten construir ambientes laborales seguros y proteger el recurso más importante de toda organización: las personas.

En este contexto, la SUNAFIL continuará desarrollando acciones de orientación, asistencia técnica y fiscalización que contribuyan al fortalecimiento de una verdadera cultura preventiva, promoviendo el cumplimiento de la normativa y la protección de los derechos fundamentales de los trabajadores del sector turismo.

Dejanos un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked with *.