JNE recuerda vigencia de restricciones sobre publicidad y neutralidad electoral

Publicidad estatal está prohibida.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó la vigencia de las restricciones sobre publicidad estatal y neutralidad electoral, con motivo de los tres procesos electorales en curso.

Como se recuerda, en la actualidad están desarrollándose las elecciones municipales complementarias, la consulta popular de revocatoria y las elecciones generales 2026.

Según el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Período Electoral vigente, la publicidad estatal está prohibida, excepto en casos de impostergable necesidad o utilidad pública referidos a educación, salud, seguridad u situaciones similares.

Los avisos o mensajes exceptuados, en ningún caso pueden contener o hacer alusión a colores, nombres, frases o textos, símbolos, signos o cualquier otro elemento que directa o indirectamente esté relacionado con una organización política. 

Además, ningún funcionario o servidor público de una entidad o cualquiera de sus dependencias puede aparecer en la publicidad estatal, a través de su imagen, nombre, voz, cargo o cualquier otro medio que de forma indubitable lo identifique. 

En el caso de neutralidad, el citado reglamento establece que las autoridades no pueden realizar acciones que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o autoridad sometida a consulta durante los actos públicos.

De igual manera, no pueden imponer que las personas a su cargo voten a favor o en contra de la revocación de las autoridades, ni formar parte de algún comité u organización política. Tampoco deben usar la influencia de sus cargos para coartar la libertad del sufragio, entre otras restricciones.

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