¿Papeletas por S/180 millones revelan fallas en cobranza?
Por Carlos Meneses
Recuperar una parte de los S/180 millones puede ser positivo. Pero una gestión responsable no solo debe informar cuánto recauda; también debe explicar por qué permitió que una deuda de esta magnitud creciera durante años.
La Municipalidad Provincial de Arequipa (MPA) enfrenta una cartera pendiente de aproximadamente S/180 millones por multas de tránsito y transporte, una cifra que evidencia la magnitud de un problema acumulado durante años y que pone en cuestión la eficacia de los mecanismos municipales para recuperar estas obligaciones.
Ante esta millonaria deuda, la comuna ha optado por acogerse al régimen excepcional dispuesto por el Gobierno, que permite reducir hasta en 90 % el monto de determinadas multas. La medida podría beneficiar a unos 35 mil infractores, según estimó el gerente de Administración Tributaria, Jolwer Alberto López Zúñiga.
La estrategia busca convertir una cartera de difícil cobranza en ingresos efectivos. Sin embargo, también plantea una pregunta inevitable: ¿cuánto de los S/180 millones realmente podrá recuperar la municipalidad después de aplicar una rebaja tan significativa?
El funcionario consideró favorable que al menos el 18 % de los potenciales beneficiarios, unas 6300 personas, regularice sus obligaciones. No obstante, la comuna todavía no ha precisado cuánto dinero representaría esa meta ni cuánto corresponde a multas efectivamente susceptibles de acogerse al beneficio.
Este vacío de información resulta relevante. No toda la cartera de S/180 millones puede ser considerada automáticamente recuperable, debido a que existen sanciones excluidas del régimen. Entre ellas figuran determinadas infracciones por conducir en estado de ebriedad, informalidad, agresiones contra inspectores y accidentes, además de los códigos expresamente exceptuados por la norma.
El descuento, establecido mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC, contempla 90 días calendario para multas de tránsito y 180 días para infracciones de transporte. El beneficio alcanza incluso obligaciones en ejecución coactiva, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
La disposición puede ser una oportunidad para que miles de conductores se pongan al día. Pero desde la perspectiva de la gestión pública, no debería convertirse únicamente en una campaña para aumentar la recaudación. También debe servir para revisar por qué una deuda de esta magnitud llegó a acumularse.
Si durante años las multas no fueron cobradas oportunamente, corresponde determinar qué falló en los mecanismos de fiscalización, notificación y cobranza. De lo contrario, existe el riesgo de que los beneficios extraordinarios terminen premiando a quienes dejaron pasar el tiempo sin cumplir sus obligaciones.
La municipalidad tiene ahora la responsabilidad de demostrar que la medida tendrá resultados. Para ello debe publicar el monto de la cartera acogible, la cantidad de beneficiarios, lo efectivamente recaudado y cuánto dejó de percibir por las reducciones aplicadas.
