Pagos indebidos a trabajadores de Sedapar generan pérdidas de 9 millones

El colmo, incluyeron montos de refrigerio, asignación alimenticia y otros en pagos de gratificaciones, CTS y vacaciones.

DURANTE TRES AÑOS

La Contraloría General identificó un perjuicio económico de S/ 9 209 344 a la empresa de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa S.A. (Sedapar) por pagos indebidos realizados a trabajadores en los años 2020, 2021 y 2022 por conceptos no remunerativos de refrigerio, asignación alimenticia y movilidad, los cuales fueron pactados como condiciones de trabajo en convenios colectivos.

El Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 013-2023-2-0263-AC, detalla que los pagos fueron considerados en la planilla de gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad (refrigerio y asignación alimenticia), así como los desembolsos de aportaciones (refrigerio, asignación alimenticia y movilidad), en los depósitos de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y en las remuneraciones de vacaciones y gratificaciones vacacionales.

El monto del perjuicio económico a la empresa de saneamiento por pagos de gratificaciones asciende a S/ 2 626 161, mientras que por aportaciones es de S/ 212 423, por CTS es de S/ 3 232 906 y por remuneraciones y gratificaciones vacacionales es de S/ 3 137 854.

Así, durante el 2020, 2021 y 2022 se pagó a trabajadores de Sedapar S.A., gratificaciones, aportaciones, CTS, vacaciones y gratificación vacacional, considerando como base imponible (cantidad que se utiliza para calcular los beneficios sociales y contribuciones) conceptos no remunerativos, tales como condiciones de trabajo (refrigerio y asignación alimenticia) y movilidad, los cuales fueron pactados mediante convenios colectivos.

Estos pagos contravinieron el artículo 2 de la Ley N° 27735 y artículo 3 del DS N° 005-2022-TR, que regulan el otorgamiento de gratificaciones para trabajadores del régimen privado; los artículos 6, 15 y 16 de la Ley N° 26790, de Modernización de la Seguridad Social en Salud; el artículo 7 del TUO del Decreto legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR; los artículos 19 y 20 del TUO de la Ley de CTS, entre otras normas que consideran conceptos no remunerativos los pagos pactados en convenios colectivos.

En los hechos ocurridos durante el período del 2 de marzo de 2020 al 29 de diciembre de 2022, se identificó presunta responsabilidad civil y administrativa en ocho funcionarios y servidores de la entidad, así como en dos exservidores.

El informe, elaborado por el Órgano de Control Institucional (OCI de Sedapar) fue notificado al presidente de Directorio de la empresa para que inicie acciones administrativas y recomienda a la Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República adoptar las acciones civiles en contra de los presuntos responsables.

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