Sala de vacaciones resolverá exclusión de elementos de convicción en “Hijos del cóndor”
— Redacción Diario El Pueblo —

El colegiado de la Sala Mixta de Vacaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, resolverá en el plazo de ley, la tutela de derechos presentada por la defensa del ex Gobernador Regional, Elmer Cáceres Llica y los acusados de integrar la banda criminal “Los Hijos del cóndor”.

Durante la audiencia correspondiente, la defensa del investigado, solicitó se ordene la exclusión de todos los elementos de convicción recaudados en la etapa de diligencias preliminares, es decir, toda la información recabada en el seguimiento realizado por la agente especial y otros hechos adicionales.

La defensa de Elmer Cáceres Llica, aduce que el Ministerio Público, vulneró el derecho a la legalidad procesal penal, colocando a todos los presuntos implicados en un estado de indefensión al desarrollar una serie de actos de Investigación y de recolección probatoria sin participación de los denunciados y su defensa técnica.

Según señaló el abogado defensor, en todo ese proceso de investigación de más de dos años, no se les dio la oportunidad a los acusados, de defenderse de las acusaciones, de los hechos que se les estaban atribuyendo y que ahora son conocidos por todos.

Los jueces superiores, Jhony Barreda Benavides, Marco Herrera Guzmán y Yanira Guittón Huamán, resolverán en un plazo máximo de 20 días, esta tutela de derechos.

En un primer intento por tratar de desacreditar la información obtenida por la agente especial Samanta Miranda Tijeros, el abogado Humberto Abanto, solicitó que se anule del proceso, la participación de dicha agente, por lo que una sala anuló la resolución del juez que confirmó el uso de la técnica de investigación.

Posteriormente, el juez encargado del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria para casos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, José Ríos Núñez, confirmó la pertinencia de la técnica y todos los actuados por la agente especial, Samanta Miranda, por considerar que esta modalidad reúne los requisitos exigidos por ley.

El juez concluye que la técnica empleada por el Ministerio Público, fue la adecuada para garantizar la eficiencia y eficacia de la investigación; en tanto que la agente especial por su rol está inmersa en la presunta organización criminal podía proporcionar pruebas de cargo del delito presuntamente cometido y en este caso la agente especial, tenía acceso a información que por medios convencionales no se podían haber recabado sin alertar a los investigados de la comisión de un delito complejo y dificultoso de perseguir cómo es el cohecho.

Dejanos un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked with *.