“El único que podría ser alcanzado es Pedro Castillo”
— Redacción Diario El Pueblo —

El ex procurador anticorrupción criticó el proyecto de ley que ya ha sido aprobado en la Comisión de Justicia del Congreso donde el colaborador ahora tendrá solo ocho meses para comprobar los dichos ante el juez.

César Azabache sobre colaboración eficaz:

El ex procurador anticorrupción, César Azabache, criticó el proyecto de ley que ya ha sido aprobado en la Comisión de Justicia del Congreso donde se plantean cambios a la ley de colaboración eficaz.

En conversación con La Rotativa del Aire, este indicó que la ley carece de argumentos puesto que no alcanzaría a los casos emblemáticos como el de Lava Jato y solo alcanzaría a los más recientes.

«Los casos emblemáticos no son alcanzados con esta ley. El único que podría ser alcanzado es Pedro Castillo con las investigaciones que se le están abriendo», dijo.

El proyecto de ley plantea que se establezca que los procesos de colaboración eficaz deberán realizarse en un plazo de ocho meses desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo o su denegación; y podrán prorrogarse hasta por cuatro meses más por causa justificada y ocho meses más en casos de crimen organizado.

«Me ha sorprendido este proyecto de ley. No es nuevo. Están trayendo un texto del archivo. Ni siquiera en la más perversa lectura tiene consecuencias prácticas», manifestó.

«Si vemos la lista, son casos que están en proceso. Cuando una ley como esta dice ocho meses, el primero es el que no ha comenzado. No sabemos si las investigaciones que están alrededor de Pedro Castillo tiene o no delatores», agregó.

PROYECTO POLEMICO

El enero de este año, la presidenta de la Comisión de Justicia, Gladys Echaíz, planteó hacer cambios al código penal y procesal para que se establezca que los procesos de colaboración eficaz deberán realizarse en un plazo de ocho meses desde la solicitud hasta la celebración del acuerdo o su denegación; y podrán prorrogarse hasta por cuatro meses más por causa justificada y ocho meses más en casos de crimen organizado.

Así, se dispondría que el aspirante a colaborador eficaz solo pueda reunirse con el fiscal a cargo del caso en presencia de su abogado.

El proyecto también establece reprimir con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis a quien “indebidamente revele, proporcione o difunde, en todo o en parte, directa o indirectamente, la identidad de un colaborador eficaz o el contenido de sus declaraciones, en cualquier estado de la investigación o del proceso”.

De acuerdo con Azabache, esta última parte configura algo «inconstitucional». «No es aplicable. Ya está prohibido revelar la identidad de los delatores, pero llega a la prensa en un ejercicio amparable por la Constitución de informarse sobre hechos de relevancia pública. Esto pretende que el delito ahora sea de los periodistas quien revele la información que les llegue sobre la delación», explicó.

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