Se busca fortalecer transparencia para prevenir la difusión de ofertas engañosas a fin de proteger al consumidor
— Redacción Diario El Pueblo —
  • ✓ Publicidad de descuentos que podrían ser ficticios se incrementaría durante campañas masivas como Cyber Days, Blackfriday, Cyber Wow.
  • ✓ Hasta el 4 de mayo realizará consulta pública para recoger sugerencias e información de las entidades públicas y privadas, asociaciones de consumidores y público.

El Indecopi anunció una consulta pública que recogerá sugerencias e información para buscar soluciones que prevengan la difusión de descuentos ficticios y promuevan la transparencia en las promociones comerciales, evitando que consumidores y empresas se perjudiquen con ofertas que no tendrían descuentos reales.

Al respecto, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal abordará esta situación en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante que permitirá evaluar diferentes alternativas de solución, considerando los aportes de entidades públicas y privadas, asociaciones de consumidores y público en general, quienes pueden participar hasta el 4 de mayo, escribiendo a consultas-ccd@indecopi.gob.pe o llamando al 224-7800 anexo 2501.

Criterio

Como se sabe, las promociones comerciales son una herramienta para difundir productos o servicios y captar la atención de los consumidores. Sin embargo, con el crecimiento del comercio electrónico, se ha identificado que algunos proveedores difundirían descuentos ficticios, sobre todo en las campañas masivas de ofertas como Cyber Days, Blackfriday, Cyber Wow, entre otros, afectando a consumidores y empresas que sí difunden descuentos verdaderos.

En ese sentido, en enero del 2022, el Indecopi publicó en el Diario El Peruano, un precedente de observancia obligatoria sobre la materia, criterio mediante el cual se determinó que una promoción de ventas constituida por un descuento de precio o porcentaje de este, o alguna modalidad equivalente, debe cumplir con que sea excepcional y temporal, así como que sea calculado o referenciado respecto de la oferta “ordinaria o estándar”.

De lo contrario, estaría desnaturalizando el concepto mismo de promoción de ventas e incurriendo en un acto de engaño, afectando los intereses económicos de los consumidores y proveedores. Dicho pronunciamiento se encuentra acorde con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal.

DATO

Esta problemática forma parte de la “Agenda Temprana 2023” instrumento que busca generar predictibilidad y transparencia en el proceso de producción normativa. Revise la Agenda Temprana del Indecopi 2023: http://bit.ly/3G3HJNf.

Dejanos un comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked with *.