Colegio de Abogados investigará caso de asesor legal de Cobra
Por Orlando Cáceres V.
El decano del Colegio de Abogados de Arequipa (CAA), Alfredo Álvarez, declaró que en los próximos meses investigarán el caso del actual asesor de Cobra, Jimmy Paredes, quién se desempeñó como trabajador de la Autoridad Autónoma de Majes (Autodema) entre el 2012 y 2015.
Después de identificar la trayectoria laboral de Paredes Tejada, el gobernador Rohel Sánchez fue cuestionado por dicha contratación. En aquella ocasión la máxima autoridad arequipeña destacó que el CAA deberá realizar un pronunciamiento en el que especifique las acciones que llevará a cabo contra el abogado.
Posteriormente, Álvarez Díaz indicó que tomaron conocimiento del caso por medio de publicaciones periodísticas; asegurando que este será revisado por la Comisión de Ética de su institución en los próximos meses para identificar si efectivamente se vulneran los estatutos del CAA. En el caso que se reconozca la violación a las normas, el letrado aseguró que iniciarán un proceso contra Jimmy Paredes.
“En principio, hay altos intereses del Estado y hay información a la que él ha podido tener acceso y que hoy día abusando de esa condición estaría trabajando para una empresa privada que mantiene intereses contrapuestos con el gobierno. Es decir, hay que evaluar el caso con más detenimiento junto con los documentos que se tengan”, explicó Álvarez respecto a la falta en la que incurriría el asesor de Cobra.
SANCIONES QUE PODRÍAN REALIZAR
También indicó que las sanciones que el CAA podría tomar contra Paredes Tejada, en caso sea hallado culpable, podría ir desde una suspensión de dos años hasta la separación definitiva de la institución. En aquel caso, el asesor estaría privado de ejercer la abogacía.
Cabe señalar que, según el estatuto del CAA, otras sanciones que se podrían realizar es la amonestación escrita, que queda registrada en los archivos por tres meses; la multa, que se registra por seis meses y es equivalente a un monto no mayor a diez Unidades de Referencia Procesal (URP); y la separación por un plazo máximo de cinco años.