JNE ratifica multa a JPP por aportes de origen desconocido en campaña electoral
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la sanción impuesta a Juntos por el Perú (JPP) por haber recibido aportes de origen desconocido o provenientes de fuentes prohibidas durante la campaña de las Elecciones Generales de 2021.
Mediante la Resolución N.° 1139-2026-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, el máximo organismo electoral declaró infundado el recurso de apelación presentado por la organización política y ratificó la multa de 33 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalente a S/ 176 550. Asimismo, confirmó la pérdida del 10 % del financiamiento público directo que recibe el partido.
La sanción tiene su origen en una investigación realizada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), que detectó irregularidades en 17 aportes reportados por la agrupación política durante la campaña presidencial de 2021 por un monto total de S/ 17 000.
Según el expediente, dieciséis de los supuestos aportantes negaron haber realizado las contribuciones consignadas por el partido. Además, uno de los aportes figuraba a nombre de una ciudadana que había fallecido antes de la fecha en que se registró el supuesto aporte.
Para el JNE, estos elementos impidieron acreditar el origen legítimo de los recursos económicos declarados por la organización política. El tribunal concluyó que la falta de sustento y la negativa de los presuntos donantes constituyen indicios suficientes para considerar dichos aportes como recursos de procedencia no acreditada.
Durante el proceso, Juntos por el Perú argumentó que la información contenida en el expediente inicial era ilegible y que ello habría afectado su derecho de defensa. También sostuvo que algunos de los aportes observados habían prescrito y cuestionó los criterios utilizados por la ONPE para atribuir responsabilidad al partido.
Sin embargo, el JNE desestimó estos argumentos al considerar que la agrupación tuvo acceso a toda la información necesaria para ejercer su defensa y presentar sus descargos. Además, señaló que las organizaciones políticas tienen la obligación de aplicar mecanismos adecuados para verificar la identidad de sus aportantes y la procedencia de los fondos que reciben.
La resolución destaca que los partidos mantienen un deber reforzado de transparencia y control sobre sus ingresos. En consecuencia, el organismo electoral ratificó la sanción impuesta, al considerar que existió una falta de diligencia en la verificación de los aportes observados.
