Bullying: ¿Cuáles son las obligaciones de colegios privados para garantizar la sana convivencia de los estudiantes?

Los colegios tienen la obligación de garantizar la convivencia sin violencia entre los estudiantes, especialmente en salvaguarda de aquellos en situación de vulnerabilidad. Por ello, el INDECOPI recuerda a los padres de familia cuáles son los deberes de las instituciones educativas privadas para proteger los derechos de los estudiantes y evitar actos lamentables como el Bullying.

¿Qué norma regula lo relacionado al acoso escolar más conocido como bullying?

-La Ley 29719 promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, modificada por la Ley 31902 y su reglamento, tiene por objeto establecer los mecanismos para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento, la intimidación y cualquier acto considerado como acoso entre los alumnos de las instituciones educativas. Esta Ley regula la prohibición del acoso escolar, en cualquiera de sus modalidades, cometido por los alumnos entre sí, que provoca violencia y saldo de víctimas.

¿A quiénes es aplicable la Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas?

-La Ley y su reglamento son aplicables a los programas e instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica, Educación Técnico-Productiva e Institutos y Escuelas de Educación Superior.

¿Qué principios rigen las normas que promueven la convivencia sin violencia en las instituciones educativas?

  • El interés superior del niño y el adolescente.
  • Dignidad y defensa de la integridad personal.
  • Igualdad de oportunidades para todos.
  • Reserva, confidencialidad y derecho a la privacidad.
  • Protección integral de la víctima.

¿Qué obligaciones tienen los colegios para garantizar la convivencia sin violencia entre los estudiantes?

-Para garantizar la convivencia sin violencia, los colegios particulares deben:

  • Entregar al inicio del año escolar un boletín informativo sobre las normas y principios de sana convivencia y disciplina escolar.
  • Contar con uno o más profesionales en psicología titulados, colegiados y habilitados.
  • Tener implementado un Libro de Registro de Incidencias.
  • Contar con un Plan de Convivencia Democrática.
  • Tener un equipo responsable de fomentar la convivencia democrática.
  • Adoptar medidas de asistencia y protección ante situaciones de acoso escolar. Para ello, se debe cumplir el protocolo previsto en el D. S. 004-2018-MINEDU.

¿En las instituciones educativas quiénes son los responsables de la promoción e implementación de la Convivencia Democrática en la institución educativa?

-En las instituciones educativas públicas de Educación Básica los responsables de la promoción e implementación de la Convivencia Democrática son: el Consejo Educativo Institucional (CONEI) y el Comité de Tutoría y Convivencia Democrática. Cuando estos no existiesen, el Director o la Directora conformará un equipo responsable especialmente para el cumplimiento de esta función.

En las instituciones educativas privadas, de no existir un órgano a cargo de las acciones de convivencia, se conformará el equipo responsable de la promoción e implementación de la Convivencia Democrática según su Reglamento Interno.

En las instituciones educativas rurales unidocentes o polidocentes multigrado, cultural y lingüísticamente diversas, ubicadas en localidades de población indígenas, o de comunidades campesinas o nativas, el equipo responsable debe estar integrado también por representantes de las comunidades u organizaciones de dicho ámbito.

En las instituciones educativas de Educación Técnico Productiva e Institutos y Escuelas de Educación Superior, el equipo responsable se conformará según su normatividad.

¿Quiénes deben denunciar un acto de violencia y acoso entre estudiantes?

-Cualquier integrante de la comunidad educativa debe informar oportunamente, bajo responsabilidad, al Director o Directora, o quien haga sus veces, de los casos de violencia y acoso entre estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a otras autoridades de ser necesario.

¿Qué es una medida correctiva?

-Es toda acción que tiene por objeto orientar la formación y el cambio de comportamientos inadecuados en los estudiantes, de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo. Estas medidas implican diálogo, estímulos, promoción de valores positivos y, consejería, entre otros.

¿Qué medidas de prevención de violencia y acoso escolar, están facultados los directores a implementar?

-El director de la institución educativa recurre a herramientas tecnológicas para reforzar la seguridad en el entorno escolar a fin de prevenir y combatir el acoso escolar. Para tal efecto, el director está facultado, en coordinación con los padres de familia (APAFA), a realizar gestiones para instalar cámaras de videovigilancia en las zonas comunes y en el entrono de la institución educativa, resguardando la intimidad de las personas, para lo cual puede celebrar convenios con entidades de los sectores público y privado.

¿Para qué sirve el Libro de Registro de Incidencias?

-Cada institución educativa debe tener un Libro de Registro de Incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes, a cargo del director, en el que se deben anotar todos los hechos sobre violencia, acoso entre estudiantes, el trámite seguido en cada caso, el resultado de la investigación y la sanción aplicada cuando corresponda.

¿Cómo reportar el incumplimiento de las obligaciones de la institución educativa, frente a un caso de bullying?

Si el colegio no cumple con sus obligaciones, los padres de familia pueden tomar las siguientes acciones:

  • Presentar un reclamo en el Libro de Reclamaciones del colegio particular.
  • Presentar una denuncia ante el INDECOPI, en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional o a través de los siguientes canales de atención:

– Correo: sacreclamo@indecopi.gob.pe

Reclama Virtual: https://enlinea.indecopi.gob.pe/reclamavirtual/

¿Cómo reportar un caso de bullying?

-Los casos deben ser reportados por los padres de familia o la institución educativa en el portal SíseVe del Ministerio de Educación, a través del siguiente enlace:  (http://www.siseve.pe/web/)

El INDECOPI está siempre al servicio de la ciudadanía con integridad y transparencia

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