PJ excluye a Keiko Fujimori del delito de obstrucción a la justicia
El Poder Judicial dispuso la exclusión de Keiko Fujimori y otros involucrados del delito de obstrucción a la justicia, en el juicio oral del caso Cócteles.
La decisión fue tomada por el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, encabezado por la jueza Juana Caballero.
El sustento para ello es el pedido que el letrado Arsenio Oré –uno de los denunciados por el Ministerio Público por supuesta obstrucción a la justicia– planteó ante el Tribunal Constitucional (TC) por considerar que en la denuncia sobre este tema vulneró el debido proceso y la garantía a la imparcialidad.
Esta fue declarada procedente, por lo cual el TC ordenó al Poder Judicial dejar sin efecto lo actuado respecto al delito de obstrucción a la justicia.
La jueza Caballero señaló que la instancia a su cargo es respetuosa de lo que dicho organismo colegiado ha dispuesto y que entiende que se vulneraron derechos fundamentales puesto que la investigación al respecto debió realizarla otro fiscal a fin de no afectar el derecho a la imparcialidad.
“El pedido formulado por Oré Guardia, y luego hecho suyo por los otros abogados defensores de los comprendidos en este proceso, debe ampararse”, manifestó la magistrada.
En ese sentido dijo que se deja sin efecto lo actuado respecto al delito de obstrucción a la justicia, comprendiendo esto el juicio oral y los actos procesales efectuados.
Ello alcanza, además de a Oré, a Keiko Fujimori, Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlímper, y otros denunciados, así como al partido Fuerza Popular.
De igual modo, también se declaró infundada la pretensión de Oré de que se le excluya del caso Cócteles y de que se archive este.
Al respecto, el fiscal José Domingo Pérez respondió señalando que presentará un recurso de reposición durante la audiencia que se desarrolló ayer.