Regiones y comunas tendrán canon gasífero para obras de infraestructura
Recursos son para obras de impacto regional o local.
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó los índices de distribución del canon gasífero correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, provenientes del Impuesto a la Renta (IR), que serán aplicados a los gobiernos regionales y locales de las zonas del país donde se explota este recurso natural.
Así lo establece la Resolución Ministerial N.º 290-2025-EF/50, publicada en el diario oficial El Peruano.
Los recursos del canon gasífero se destinan, principalmente, a financiar o cofinanciar proyectos y obras de infraestructura de impacto regional y local, en beneficio directo de la ciudadanía.
Conforme a la Ley N.º 27506, Ley del Canon, y su reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 005-2002-EF, y sus modificatorias, el canon gasífero está constituido por tres componentes: el 50 % del Impuesto a la Renta pagado por las empresas productoras de gas, el 50 % de las regalías provenientes de los contratos de licencia y el 50 % del valor de realización o venta (descontado los costos hasta el punto de medición) de la producción en los contratos de servicios, derivados de la explotación de gas natural y condensados.
Según lo dispuesto en la resolución, el canon gasífero proveniente del IR para el año fiscal 2024 asciende a 811 millones de soles, monto que representa un incremento de 1.3 % respecto al año anterior, y que será distribuido en doce cuotas mensuales consecutivas.
Cabe precisar que el cálculo de los índices de distribución, aprobados por el MEF, se realizó con información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el Ministerio de Energía y Minas (Minem), y la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), conforme a lo dispuesto en la Ley N.º 27506 y su reglamento.
En Perú, existen seis tipos de canon, los cuales se clasifican según el recurso natural que se explota: canon minero, canon hidroenergético, canon gasífero, canon pesquero, canon forestal, y canon y sobrecanon petrolero. Estos tipos de canon representan la participación que reciben los gobiernos locales y regionales por la explotación de recursos naturales del país.
