Aún no definen fechas para ejecutar acciones en modificación de ciclovías
— Redacción Diario El Pueblo —

El proyecto de las ciclovías seguirá en discusión. Pasaron 100 días desde que, en sesión ordinaria de Concejo Municipal, solicitaron, aprobaron y encomendaron a una Comisión en Transportes para que reevalúe el plan que estaba desactualizado, provoca rechazo en algunos comerciantes y transportistas, pero que es requerido por los ciclistas de la ciudad. Hasta la fecha, este no fue expuesto ante el pleno, mientras que la congestión vehicular se incrementa por la presencia de los bolardos que acompañan los caminos de ciclismo.

Hace 3 días, un grupo de regidores envió el oficio Nº 01-2022 para expresar el malestar por la demora del informe. “Han pasado más de 90 días y a la fecha no observamos ninguna acción concreta sobre el mismo, y menos aún no tenemos informe”, se lee en un fragmento. Este documento fue dirigido al alcalde Omar Candia, la gerente municipal, María Torres, el gerente de Transporte Urbano y Especial, Luis Carpio y el gerente del Centro Histórico, Cesar Berrios.

El sub gerente de Transporte Urbano, Juan Callacondo, señaló que no les pidieron una fecha de entrega para el informe, pero que este documento ya se entregó hace una semana para ser expuesto en el pleno municipal. El regidor Jorge Condori enfatizó que el pedido era para 30 días. Al ser consultado por la demora para esta reevaluación, Callacondo justificó que levantaron información, actualizaron, probaron el tiempo de aforos en vía pública, entre otros.

Agregó que, en conjunto con la sub gerencia de Circulación Vial, recomendaron la modificación de las ciclovías. El objetivo es que en cuatro zonas se retiren los bolardos y las vías pasen a ser compartidas. La señalización orientará a los transportistas y ciclistas. Explicó que la propuesta se priorizará en la calle Víctor Lira porque es una pista estrecha. También cambiarán la modalidad de las vías en los últimos tramos de la avenida Goyeneche, en la primera cuadra de la avenida Jorge Chávez y desde el puente de Fierro hasta la zona de la avenida Alfonso Ugarte donde ya se implementaron estos caminos.

Estas propuestas deberían ser debatidas en sesión ordinaria de Concejo Municipal. El regidor Condori indicó que aún no les comunicaron una fecha. Esta tiene que ser establecida con dos días de antelación. Por su parte, Callacondo detalló que una vez que sean consideradas las recomendaciones por el pleno, la Gerencia del Centro Histórico asumirá las funciones para ejecutar las acciones respecto con los 13.5 kilómetros de ciclovías que se implementaron en la ciudad.

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  1. Artículo 10.- Derechos de los ciclistas
    Son derechos de los ciclistas:
    a) Transitar por las vías públicas del país, con
    respeto y seguridad, excepto en aquellas en las
    que la infraestructura actual ponga en riesgo su
    seguridad, como túneles y pasos a desnivel sin
    carril para ciclistas.
    b) Disponer de vías de circulación preferente
    dentro de las ciudades, como ciclovías u otros
    espacios similares.
    c) Disponer de suficientes espacios para el
    estacionamiento de bicicletas, tanto en
    espacios públicos como privados.
    d) Derecho de preferencia del ciclista en la vía o
    circulación en los desvíos de avenidas, cruce
    de caminos, intersecciones no señalizadas y
    ciclovías sobre el tránsito vehicular, después
    del peatón.
    e) Uso gratuito de estacionamientos públicos para
    bicicletas.
    f) Tener días u horas de circulación preferente en
    el área urbana, en trayectos determinados.

  2. Artículo 7.- Implementación progresiva de
    estacionamientos para bicicletas
    7.1. Las entidades públicas y privadas, en un
    plazo no mayor de tres años contados a
    partir de la publicación de la presente ley,
    independientemente de su reglamentación,
    adecúan sus espacios para estacionamientos
    de bicicletas, en una proporción del cinco por
    ciento del área que destinan a los vehículos
    automotores.
    7.2. En el caso de las edificaciones ya construidas,
    el plazo de adecuación de las mismas para que
    se cumpla con lo previsto en el numeral 7.1 es
    de un año contado a partir de la publicación de
    la presente ley en el diario oficial El Peruano.
    7.3. Las municipalidades provinciales y distritales
    son las responsables de cautelar la ejecución
    y establecer la obligatoriedad de la aplicación
    de esta norma en las existentes y nuevas
    construcciones.

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