Congreso aprueba, en primera votación, restablecer la inmunidad parlamentaria

La segunda votación se realizará en la siguiente legislatura ordinaria.
El Congreso de la República aprobó, en primera votación, el proyecto de ley para restablecer la figura de la inmunidad parlamentaria en la Constitución Política.
Con 84 votos a favor, 25 en contra y una abstención, el pleno dio luz verde a la propuesta que establece que la inmunidad vuelva a aplicar recién para los senadores y diputados que sean elegidos a partir del año 2026 y en adelante.
El dictamen se basa en la modificación del artículo 93 de la Constitución, modificado por la Ley 31988, norma de reforma constitucional que restablece la Bicameralidad en el Congreso.
De acuerdo con el artículo 206 de la Carta Magna, el debate y segunda votación del dictamen se deberá realizar en la siguiente legislatura ordinaria.
«Desde que son elegidos y hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, los senadores y diputados no pueden ser procesados penalmente ni detenidos sin previa autorización de la cámara respectiva a la que pertenecen o de la Comisión Permanente, la cual debe pronunciarse en un plazo improrrogable de treinta días calendario. En caso de delito flagrante, deben ser puestos de inmediato a disposición de su respectiva cámara o de la Comisión Permanente para que, dentro del plazo de las veinticuatro horas, autorice o no la privación de la libertad y el procesamiento», dice el texto.
Vencidos esos plazos, para cada caso y, de no haber pronunciamiento, senadores o diputados serán puestos inmediatamente a disposición de la Corte Suprema de Justicia, los cuales deberán declarar si hay lugar o no a formación de causa penal de manera firme, procediendo a su desafuero y poniéndolos a disposición del juez competente.
La iniciativa indica también que no aplicará para los delitos cometidos antes de la elección de los diputados y senadores.