Lord Byron enfrenta responsabilidad civil en proceso por abuso sexual a escolar
Tras tres semanas de incertidumbre, la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Arequipa incorporó al Lord Byron School como tercero civilmente responsable en el proceso por violación sexual contra una estudiante menor de edad, presuntamente cometido por un docente de la institución. La defensa legal de la familia de la víctima sostiene que la decisión sienta un precedente sobre la responsabilidad de las instituciones educativas frente a hechos de violencia y abuso contra escolares.
EN CASO DE VIOLACIÓN
El caso se centra en la presunta omisión del colegio privado frente a las conductas atribuidas a Raúl Jhon Lozano Bedoya, docente que habría iniciado un proceso de manipulación y acercamiento con la menor dentro de las instalaciones del plantel. Según la defensa, estas acciones se habrían desarrollado en espacios como aulas, patios y zonas de ingreso, algunas de ellas con cobertura de videovigilancia, sin que se activaran mecanismos de alerta o prevención.
A través del Auto de Vista N.° 122-2026, correspondiente al expediente N.° 00251-2025-89-0401-JR-PE-03, la Sala desarrolla un criterio que amplía el alcance de la responsabilidad institucional al precisar que esta no depende únicamente del lugar donde ocurrieron los hechos, sino de si el centro educativo tuvo la posibilidad de advertir la situación, intervenir oportunamente o activar los protocolos correspondientes para evitar el daño.
Al respecto, Alejandro Rospigliosi Vega, abogado de la familia, afirmó que el fallo constituye un referente para futuros procesos vinculados a violencia escolar. “Los colegios deben asumir que su deber de cuidado no es una referencia abstracta. Existe una obligación concreta de supervisar, prevenir e intervenir cuando existan riesgos que comprometan la integridad de los estudiantes”, señaló.
La resolución se conoce en un contexto de recientes sanciones contra colegios privados de Arequipa por incumplimientos relacionados con la protección de escolares. Entre los casos figura el del colegio Max Uhle, sancionado por Indecopi en el expediente N.° 546-2023 con una multa superior a S/130 mil tras determinarse negligencia en la supervisión de una estudiante que manipuló sustancias químicas y sufrió quemaduras.
A ello se suma la multa cercana a S/40 mil impuesta al colegio Nuestra Señora del Pilar en el expediente N.° 40-2025, luego de acreditarse que no activó protocolos de atención frente a un caso de agresión verbal y psicológica contra una alumna dentro del plantel. En el caso del Lord Byron School, Indecopi también impuso una sanción de S/55 mil en el expediente N.° 280-2025 por aplicar medidas disciplinarias arbitrarias contra un estudiante y omitir la activación de protocolos frente a un caso de violencia física y bullying.
En contraste, Rospigliosi Vega cuestionó la demora de los procesos administrativos impulsados por el sector Educación para sancionar a colegios privados. Señaló que, pese a que la defensa sostiene que la promotora del Lord Byron School no reportó oportunamente el caso en la plataforma SíseVe, la UGEL Norte aún no emite resultados definitivos en el procedimiento iniciado hace aproximadamente un año.
“Les instamos a que actúen en pro de la protección de los estudiantes”, manifestó.
La defensa considera que estas resoluciones reflejan un endurecimiento progresivo de los estándares exigidos a las instituciones educativas respecto a su obligación de garantizar entornos seguros para niños y adolescentes. Hasta el momento, la reparación civil solicitada por la familia de la menor agraviada aún no ha sido cuantificada.
