Gilmar Luna: Poder Judicial nuevamente remitió la orden de captura tarde

Requisitorias de la PNP recibió dicho documento al día siguiente, lo mismo pasó con el fugitivo Manuel Vera.


Por: Danna Felipe B.

El Poder Judicial una vez más se habría demorado en remitir la orden de captura a la Policía. El tiempo fue aprovechado por el exalcalde de la Joya, Gilmar Luna, quien está como no habido desde el jueves 2 de noviembre, luego que la primera institución en mención le revocó la comparecencia simple de 24 meses de prisión preventiva por aparentemente pertenecer a la mafia «Los Traficantes de la Pampa».

Según fuentes policiales, la Corte Superior de Justicia revocó la comparecencia a la exautoridad la noche del último jueves. Sin embargo, su orden de captura recién llegó a las oficinas de Requisitorias de Lima la mañana del día siguiente, y a Arequipa al promediar las 12:00 horas.

Este no es un hecho aislado, pues la orden de captura del fugitivo exalcalde de Cerro Colorado, Manuel Vera, también fue enviada al día siguiente, lo que, según la Policía, ocasionó su situación actual. Vera Paredes fue condenado a 8 años de prisión por el delito de lavado de activos. Esto el pasado 25 de mayo.

En Arequipa ya son tres las exburgomaestres prófugos, los dos mencionados y «El Chatito Chambeador», Omar Candia Aguilar, sentenciado a 6 años de cárcel por la compra irregular de 40 cámaras de seguridad, cuando era alcalde distrital de Alto Selva Alegre.

Anteriormente, varias autoridades policiales señalaron que lo ideal sería que la persona sindicalizada esté físicamente presente durante la audiencia a fin de garantizar su detención, en el caso de que sea sentenciada; asimismo que el Poder Judicial envié la orden reiterada a Requisitorias de Lima y a Arequipa al mismo tiempo.

De otro modo, la Policía se ve limitada, ya que no puede detener a nadie sin el documento mencionado, a menos que la persona se encuentre en flagrancia delictiva. Por otro lado, se conoció que mientras la disposición de captura no esté en el sistema nacional, el sentenciado tiene la posibilidad de cruzar la frontera de su respectiva región e incluso del país.

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