LA SIMPLIFICACION ADMINSITRATIVA

La simplificación administrativa genera que la administración pública tenga procedimientos eficientes y eficaces, al eliminar requisitos que se convierten en obstáculos y costos innecesarios, en la tramitación de los diferentes procedimientos que pueden utilizar ciudadanos para obtener los servicios que brindan las instituciones públicas.

¿Qué es la simplificación administrativa?

Es la eliminación de las exigencias y formalidades innecesarias en los trámites que realizan los ciudadanos o empresas en las distintas entidades administrativas del Estado.

Se materializa en el cumplimiento de la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N.° 24777).

¿Qué son los principios de simplificación administrativa?

Son las pautas que deben tener en cuenta las entidades administrativas durante la tramitación de los procedimientos administrativos a su cargo, cuya finalidad es permitir una decisión oportuna, ajustada a ley y sin sobrecostos para los ciudadanos, siendo aplicables para establecer procedimientos y requisitos.

¿Cuáles son los principios básicos de la simplificación administrativa?

Principio de informalismo: interpretar las normas aplicables a los procedimientos evitando que las exigencias formales de tramitación representen un obstáculo para la admisión de la solicitud del ciudadano o para la resolución de lo solicitado y, por lo tanto, permitiendo que tales exigencias puedan ser subsanadas dentro de los procedimientos.

Principio de presunción de veracidad: presumir que los documentos y declaraciones formulados por los ciudadanos en la forma prescrita por la ley, responden a la verdad de los hechos que afirman.

Principio de celeridad: evitar la realización de actuaciones innecesarias que dificulten o demoren innecesariamente la tramitación de los procedimientos administrativos a su cargo o que constituyen meros formalismos.

Principio de eficacia: hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad de las actuaciones en los procedimientos sobre aquellos formalismos que no afecten su validez.

Principio de simplicidad: establecer trámites sencillos y requisitos racionales y proporcionales a los fines del procedimiento administrativo que se va a tramitar o se está tramitando.

Principio de predictibilidad: brindar información completa sobre los trámites y procedimientos administrativos con el fin de que los ciudadanos puedan prever el resultado final de los trámites y procedimientos que inicien.

Principio de privilegio de controles posteriores: privilegiar los controles posteriores de la información que presenten los ciudadanos en lugar de los controles previos a la decisión a adoptarse.

¿Qué es un procedimiento administrativo?            

Es el conjunto de diligencias o actuaciones que se realizan en las entidades administrativas destinadas a lograr una decisión por parte de éstas.

¿Qué clases de procedimientos administrativos existen?

Procedimientos iniciados de oficio y procedimientos iniciados a solicitud de parte. Los procedimientos iniciados de partes, a su vez se pueden clasificar en:

Procedimientos de aprobación automáticas y

Procedimientos de evaluación previa, los cuales están sujetos a aplicación de silencios administrativos.

¿Qué son los procedimientos de oficio?

Son aquellos que las entidades inician por su propia iniciativa en mérito a sus facultadas de supervisión y fiscalización, a fin de evaluar el cumplimiento permanente de la normativa a su cargo.

¿Qué son los procedimientos de parte?

Son aquellos que se inician por iniciativa de los ciudadanos con la finalidad de obtener por parte de las entidades administrativas una decisión o pronunciamiento respecto de algún interés, derecho u obligación en particular.

¿Qué son los procedimientos de aprobación automática?

Son aquellos en los que lo solicitado por los ciudadanos se considera aprobado con la sola presentación de la solicitud ante la entidad administrativa competente, siempre que la solicitud esté acompañada de los requisitos exigidos para tal efecto. Son procedimientos de aprobación automática, por ejemplo, la obtención de copias certificadas y de constancias.

¿Qué son los procedimientos de evaluación previa?

Son aquellos en los que es necesario que la entidad evalúe la documentación presentada por el ciudadano con anterioridad al pronunciamiento respectivo. Estos procedimientos están sujetos a la aplicación de los silencios administrativos, vencidos los plazos establecidos para su tramitación.

¿Qué es el silencio administrativo?

Es el no pronunciamiento de las entidades de la Administración Pública dentro del plazo fijado para ello, que tiene una consecuencia establecida por ley.

¿Qué implica el silencio administrativo positivo?

Que lo solicitado por el ciudadano se considera aprobado.  Los procedimientos de evaluación previa sujetos a silencio administrativo positivo constituyen la regla general en los procedimientos administrativos.

¿Cómo se puede demostrar la aplicación de silencio positivo?

Con el cargo de recepción de la declaración jurada que presenta el ciudadano ante la entidad haciéndole notar que ya transcurrió el plazo.

¿Qué ocurre si la entidad se niega a recibir la declaración jurada de que ya transcurrió el plazo?

Los ciudadanos pueden remitirla a través de un notario, surtiendo los mismos efectos.

¿Qué implica el silencio administrativo negativo?

Que transcurrido el plazo sin que la entidad se pronuncie, los ciudadanos pueden interponer recursos administrativos y acciones judiciales sin necesidad de esperar el pronunciamiento de la entidad con el propósito de obtener una decisión respectos de lo que están solicitando.

¿En qué casos se justifican los procedimientos sujetos a silencio negativo?

Son excepcionales y solamente se justifican cuando el resultado del procedimiento pueda afectar el interés público, haya una parte contraria en el procedimiento, el resultado del procedimiento genere una obligación de dar o hacer del Estado o autoricen el funcionamiento de casinos, se traten de materias tributarias o registro jurídicos.

¿Cuál es el plazo máximo de los procedimientos de evaluación previa?

En ningún caso el plazo para que la entidad se pronuncie puede exceder de 30 días hábiles, salvo que por ley se haya establecido un plazo distinto.

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