La necesidad de fortalecer la protección de las madres trabajadoras y espacios de lactancia
La maternidad no debe convertirse en un motivo de discriminación laboral.
MATERNIDAD Y TRABAJO EN EL PERÚ:
Por: Kenyo Antonio Bustamante Arapa – Intendente Regional de Arequipa

Durante muchos años, la maternidad fue considerada por diversos empleadores como una “limitación” dentro del ámbito laboral. La posibilidad de embarazo, descanso médico, lactancia o cuidado familiar generó prácticas discriminatorias que afectaron directamente el acceso, permanencia y desarrollo profesional de miles de mujeres trabajadoras.
Aunque en los últimos años se han producido importantes avances normativos en materia de igualdad y protección de derechos laborales, la realidad demuestra que todavía existen múltiples situaciones de vulneración hacia las madres trabajadoras, especialmente relacionadas con despidos arbitrarios, no renovación de contratos, desigualdad salarial, hostigamiento laboral y falta de condiciones adecuadas para la lactancia materna.
Por ello, la protección de la maternidad dentro del ámbito laboral no debe entenderse únicamente como una obligación legal impuesta a los empleadores, sino como una garantía fundamental destinada a proteger la dignidad, salud y estabilidad económica de las mujeres trabajadoras y de sus hijos.
La maternidad constituye una etapa especialmente sensible dentro de la vida de toda mujer y, precisamente por ello, el Estado tiene la obligación de adoptar medidas destinadas a evitar que esta condición genere discriminación o afectaciones laborales.
La protección de la madre trabajadora como expresión del derecho a la igualdad
La Constitución Política del Perú reconoce el derecho a la igualdad y prohíbe toda forma de discriminación basada en motivos de sexo, condición económica o cualquier otra índole. En materia laboral, este principio adquiere especial relevancia respecto a las mujeres gestantes y madres trabajadoras.
Históricamente, muchas mujeres fueron excluidas de oportunidades laborales debido al temor empresarial frente a los costos asociados a la maternidad. Incluso hoy, aún existen prácticas indebidas orientadas a evitar la contratación de mujeres en edad fértil o a limitar sus posibilidades de crecimiento profesional.
Precisamente por ello, la legislación laboral peruana ha establecido mecanismos de protección reforzada para las trabajadoras gestantes y lactantes, reconociendo que la maternidad no puede convertirse en una causa de vulneración de derechos laborales.
La protección de la madre trabajadora no constituye un privilegio, sino una medida destinada a garantizar igualdad real de oportunidades dentro del ámbito laboral.
El descanso pre y post natal: una necesidad biológica y social
Uno de los principales derechos reconocidos a la madre trabajadora es el descanso pre y post natal. La legislación peruana establece que toda trabajadora gestante tiene derecho a 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal.
Este derecho no responde únicamente a razones médicas, sino también a la necesidad de garantizar una adecuada recuperación física y emocional de la madre, así como la protección y cuidado del recién nacido.
Además, la normativa reconoce que existen situaciones que requieren una protección mayor, como los nacimientos múltiples o el nacimiento de niños con discapacidad, supuestos en los cuales el descanso postnatal se amplía por 30 días adicionales.
Resulta importante comprender que el descanso por maternidad no representa una interrupción arbitraria de la actividad laboral, sino una medida de protección social vinculada directamente a la salud, vida y bienestar familiar.
Por ello, la ley considera este periodo como tiempo efectivamente laborado para efectos del cálculo de beneficios sociales como CTS, gratificaciones y utilidades.

La lactancia materna y la necesidad de espacios adecuados en los centros de trabajo
Uno de los aspectos más importantes en materia de protección de la maternidad es el derecho a la lactancia materna.
La normativa peruana reconoce que las trabajadoras tienen derecho a una hora diaria de permiso por lactancia hasta que el menor cumpla un año de edad. Este tiempo es considerado efectivamente laborado y constituye una medida fundamental para garantizar el vínculo materno infantil y la adecuada alimentación del niño.
Sin embargo, reconocer el derecho a la lactancia no es suficiente si las empresas no brindan condiciones adecuadas para ejercerlo.
Precisamente por ello surge la obligación de implementar lactarios institucionales en centros de trabajo donde laboren veinte o más mujeres en edad fértil.
Los lactarios no deben ser vistos como simples espacios físicos o una formalidad administrativa. Constituyen ambientes destinados a garantizar que las madres trabajadoras puedan extraer y conservar adecuadamente la leche materna durante su jornada laboral
La implementación de estos espacios representa un mecanismo de conciliación entre la vida familiar y laboral, permitiendo que las mujeres continúen desarrollando sus actividades profesionales sin afectar el proceso de lactancia.
La falta de lactarios y las dificultades reales que enfrentan muchas mujeres
A pesar de la existencia de obligaciones legales, muchas trabajadoras continúan enfrentando dificultades para ejercer adecuadamente su derecho a la lactancia.
En numerosos centros laborales todavía no existen espacios adecuados, privados y seguros para la extracción y conservación de leche materna. En otros casos, los lactarios implementados no cumplen condiciones mínimas de higiene, privacidad o accesibilidad.
Esta situación obliga muchas veces a las trabajadoras a utilizar servicios higiénicos, depósitos u otros ambientes inadecuados, afectando no solo su comodidad y dignidad, sino también la adecuada conservación de la leche materna.
Por ello, la implementación de lactarios debe entenderse como una obligación vinculada directamente a la protección de derechos fundamentales y no como una carga innecesaria para las empresas.
Además, promover la lactancia materna dentro de los centros de trabajo también genera beneficios para las organizaciones: mejora el clima laboral, fortalece la identificación institucional, reduce ausentismo, y contribuye al bienestar integral de las trabajadoras.
La protección frente al despido y la estabilidad laboral
Uno de los problemas más graves que aún enfrentan muchas mujeres es la discriminación laboral derivada del embarazo o la maternidad.
La legislación peruana establece expresamente que es nulo el despido motivado por embarazo, nacimiento o lactancia, cuando este ocurre durante el periodo de gestación o dentro de los noventa días posteriores al nacimiento.
Asimismo, se encuentra prohibido que el empleador deje de renovar contratos por motivos relacionados con el embarazo o lactancia.
Estas medidas buscan evitar prácticas discriminatorias que históricamente afectaron a miles de mujeres trabajadoras.
No obstante, en la práctica aún se presentan múltiples denuncias relacionadas con: hostigamiento laboral, reducción de funciones, no renovación de contratos y despidos encubiertos vinculados a la maternidad.
Esto demuestra que todavía existe la necesidad de fortalecer la fiscalización y la cultura de respeto hacia los derechos de las madres trabajadoras.
El rol de la SUNAFIL en la protección de las madres trabajadoras
Frente a estas problemáticas, la SUNAFIL cumple un rol fundamental en la vigilancia y protección de los derechos laborales vinculados a la maternidad.
La labor inspectiva permite verificar: cumplimiento del descanso pre y post natal, otorgamiento del permiso por lactancia, implementación de lactarios, protección frente al despido, igualdad salarial y demás derechos vinculados a la maternidad.
Asimismo, la SUNAFIL desarrolla acciones preventivas y de orientación destinadas a promover el cumplimiento voluntario de la normativa laboral.
Entre 2024 y abril de 2026, la SUNAFIL orientó a más de 17 mil trabajadores y más de 1 400 empleadores en materia de derechos de la madre trabajadora y lactancia.
Además, durante dicho periodo se realizaron cientos de acciones preventivas y fiscalizaciones a nivel nacional, evidenciando la importancia que tiene esta materia dentro de la protección laboral.
Las cifras también reflejan que aún existen numerosos incumplimientos. Entre 2024 y 2026 se registraron 901 denuncias vinculadas a derechos de madres trabajadoras, concentrándose principalmente en Lima Metropolitana, Ica y Arequipa.
Esto demuestra que la vulneración de derechos vinculados a la maternidad continúa siendo una problemática vigente dentro del mercado laboral peruano.

La maternidad y el trabajo no deben ser incompatibles
Uno de los mayores desafíos de las sociedades modernas es lograr una verdadera conciliación entre la vida laboral y familiar.
Las mujeres no deberían verse obligadas a elegir entre desarrollarse profesionalmente o ejercer plenamente la maternidad.
Por ello, resulta indispensable que las empresas comprendan que proteger los derechos de las madres trabajadoras no constituye únicamente una obligación legal, sino también una medida de responsabilidad social y respeto por la dignidad humana.
Promover espacios laborales inclusivos, seguros y respetuosos de la maternidad contribuye no solo al bienestar de las trabajadoras, sino también al fortalecimiento institucional y productivo de las organizaciones.
Finalmente, garantizar condiciones adecuadas para las madres trabajadoras implica reconocer que la protección de la maternidad no es un tema privado o individual, sino una responsabilidad social que involucra al Estado, empleadores y sociedad en general.
