PJ declara “inejecutable” fallo del TC que anuló prisión preventiva contra Cerrón
El Poder Judicial determinó que la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anuló la prisión preventiva por 24 meses impuesta contra el líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, es actualmente “inejecutable”, debido a que aún existen resoluciones judiciales vigentes que mantienen dicha medida restrictiva.
La decisión fue adoptada por el juez Leodan Cristóbal Ayala, quien señaló que permanecen vigentes dos resoluciones que sustentan la prisión preventiva y las requisitorias policiales emitidas contra Cerrón Rojas, investigado por el presunto financiamiento ilegal de las campañas electorales de su organización política entre los años 2008 y 2021.
Mediante una resolución emitida el 24 de julio, el magistrado indicó que la sentencia del Tribunal Constitucional no puede ejecutarse en sus propios términos porque no habría precisado si sus efectos también alcanzan a otras decisiones judiciales relacionadas con el caso.
El juez explicó que las resoluciones vigentes corresponden a una emitida por su despacho el 4 de diciembre de 2025, que declaró infundada una solicitud para variar el mandato de prisión preventiva contra Cerrón, y otra emitida el 7 de enero de 2026 por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que confirmó dicha decisión.
Cristóbal Ayala señaló que, aunque estas resoluciones fueron mencionadas en el voto de la magistrada del Tribunal Constitucional Luz Pacheco, no fueron consideradas expresamente en la sentencia final del máximo intérprete de la Constitución.
Ante esta situación, el magistrado decidió elevar una consulta al Tribunal Constitucional para que precise si los efectos de su fallo también alcanzan, por conexión, a las dos resoluciones judiciales que mantienen vigente la prisión preventiva.
El juez sostuvo que, una vez que el TC emita una aclaración sobre los alcances de su sentencia, se podrá proceder con la ejecución de lo dispuesto por la justicia constitucional.
Mientras tanto, Vladimir Cerrón continúa en condición de “no habido” desde octubre de 2023, cuando se emitió una orden de ubicación y captura tras la condena de tres años y seis meses de prisión por el caso Aeródromo Wanka. Esta sentencia, posteriormente, fue revocada por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que lo absolvió el 26 de marzo pasado.
