MÁS ALLÁ DE LAS OBRAS: LA PROTECCIÓN DE QUIENES CONSTRUYEN EL PERÚ
Por: Abg. Anais Cáceres Pérez – Subintendenta de Fiscalización e Instrucción Intendencia Regional de Arequipa – SUNAFIL
Cada 25 de octubre se conmemora el Día de los Trabajadores en Construcción Civil del Perú, fecha instituida mediante la Ley N.° 24324, como reconocimiento a quienes contribuyen diariamente al desarrollo de la infraestructura y al crecimiento económico del país.
Esta conmemoración constituye también una oportunidad para reflexionar sobre la importancia de garantizar condiciones laborales dignas y seguras en uno de los sectores que presenta importantes riesgos ocupacionales.
DERECHOS LABORALES Y PROTECCIÓN SOCIAL EN CONSTRUCCIÓN CIVIL
Los trabajadores comprendidos en el régimen laboral especial de construcción civil cuentan con derechos específicos que deben ser respetados por sus empleadores.
Este régimen comprende, conforme a las condiciones previstas en la normativa aplicable, a los trabajadores que realizan labores de construcción en obras cuyos costos exceden las 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Asimismo, los trabajadores deben encontrarse inscritos en el Registro de Trabajadores de Construcción Civil (RETCC), administrado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
El régimen contempla tres categorías ocupacionales: operarios, oficiales y peones, cuyas remuneraciones se establecen mediante los convenios colectivos suscritos entre la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO) y la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú (FTCCP).
Además, los trabajadores tienen derecho a una jornada máxima de ocho horas diarias o 48 horas semanales, descanso semanal obligatorio, descanso en días feriados, pago por sobretiempo y trabajo nocturno, gratificaciones, compensación por tiempo de servicios y vacaciones, conforme a las reglas especiales del régimen.
También les corresponden, según los requisitos aplicables, asignaciones por escolaridad, defunción y trabajo en determinados feriados, así como bonificaciones por movilidad, trabajo en altura, altitud, Bonificación Unificada de Construcción (BUC) y Bonificación por Alta Especialización (BAE).

SEGUROS QUE PROTEGEN LA VIDA Y SALUD DE LOS TRABAJADORES
La actividad de construcción civil exige especial atención a las obligaciones de aseguramiento y protección social, dentro de las cuales se encuentran el Seguro Social de Salud (EsSalud), el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR), el Seguro de Vida Ley, el Seguro EsSalud + Vida para obras cuyo presupuesto supere las 50 UIT y la afiliación al sistema pensionario correspondiente.
El SCTR resulta especialmente relevante por los riesgos propios de la actividad, al brindar cobertura de salud y prestaciones económicas ante las contingencias previstas en la normativa.
Sin embargo, contar con seguros no reemplaza la obligación empresarial de implementar condiciones seguras de trabajo.
EL FENÓMENO DE EL NIÑO: UN DESAFÍO PARA LA SEGURIDAD EN LAS OBRAS
Las lluvias intensas, inundaciones, huaicos, deslizamientos y altas temperaturas pueden incrementar considerablemente los riesgos durante la ejecución de obras de construcción.
Entre los principales peligros se encuentran los derrumbes de excavaciones y zanjas, la inestabilidad de taludes, las caídas desde altura, los accidentes eléctricos, el desprendimiento de materiales y las fallas de estructuras provisionales.
Asimismo, las altas temperaturas pueden provocar deshidratación, agotamiento y golpes de calor, mientras que las inundaciones pueden generar exposición a agentes biológicos y condiciones insalubres.
Frente a estos escenarios, los empleadores tienen la obligación de identificar los peligros, evaluar los riesgos y establecer medidas de control de acuerdo con las características de cada obra, como la inspección de estructuras y excavaciones, el mantenimiento de sistemas de drenaje, la implementación de planes de emergencia, la capacitación del personal y la entrega de equipos de protección adecuados.
Cuando exista un peligro grave e inminente, las actividades afectadas deben interrumpirse y los trabajadores deben ser retirados de las zonas de riesgo. La reanudación de las labores únicamente debe producirse cuando se hayan verificado condiciones seguras.

SUNAFIL: ORIENTACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO LABORAL
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) desarrolla una labor integral que comprende no solamente la fiscalización, sino también acciones de orientación y asistencia técnica dirigidas a empleadores y trabajadores.
Entre el 1 de enero de 2024 y el 8 de octubre de 2026, SUNAFIL desarrolló 48 acciones de orientación y asistencia técnica en el sector construcción civil, alcanzando a 74 empleadores y 454 trabajadores a nivel nacional.
En particular, Arequipa registró 366 trabajadores alcanzados mediante estas intervenciones, constituyéndose en la región con mayor número de trabajadores orientados durante el período reportado.
Frente a los posibles efectos del Fenómeno de El Niño, adquieren especial relevancia las acciones dirigidas a fortalecer la evaluación de riesgos, los planes de emergencia, la capacitación del personal, el uso adecuado de equipos de protección y la coordinación entre empresas contratistas y subcontratistas.
UN COMPROMISO COMPARTIDO CON LA VIDA Y EL TRABAJO DIGNO
La protección de los trabajadores de construcción civil requiere el compromiso permanente de empleadores, trabajadores y autoridades.
La seguridad en una obra no debe comenzar después de un accidente. Debe estar presente desde la planificación, durante su ejecución y hasta la culminación de los trabajos. Proteger la vida y la salud de quienes construyen el país es una responsabilidad que no puede postergarse.
